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Por Orden de esta Consejería de Salud, de 20 de febrero de 1990 (BOJA núm. 19, de 2 de marzo) se establecen los criterios y se regula el procedimiento de concesión de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía para el ejercicio de 1990, que se destinan a financiar la creación y funcionamiento de Gabinetes Técnicos y Jurídicos que presten asesoramiento a dichas Asociaciones, la asistencia a cursos de formación, actividades en desarrollo de acuerdos con la Dirección General de Consumo y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y aquellas otras complementarias en defensa, información y formación de consumidores y usuarios, la divulgación de la problemática de cosumo y la celebración de actos estatutarios. En su virtud y en uso de las atribuciones que me están conferidas, y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo decimotercero de la Ley 2/1990, de 6 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990
DISPONGO:
Artículo primero. Se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 20 de febrero de 1989, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía para el ejercicio de 1990, conforme al Anexo de la presente Orden.
Artículo segundo. Los beneficiarios de las presentes subvenciones quedan obligados al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo décimo de la Orden antes citada.
Sevilla, 4 de septiembre de 1990
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Salud
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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