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A la vista del cumplimiento por parte de la Dirección de las Explotaciones ganaderas de la especie porcina en materia de lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades de ganado porcino, que a continuación se relacionan:
SEVILLA
Propietario: Antonio Calderón Caro
Explotación: "Casillo Los Angeles"
Municipio: Constantina
Nº Re. Mun.: 11
Titulación: P.S.E.
Propietario: Eduardo Martín Gómez
Explotación:"Hta. La Pintada"
Municipio: Ecija
Nº Re. Mun.: 2
Titulación: P.S.E.
Propietario: Manuel Gómez Sánchez
Explotación: "El Donadío"
Municipio: Ecija
Nº Re. Mun.: 24
Titulación: P.S.E.
Propietario: Leopoldo Gómez Rodríguez de Torres Explotación: "Molino Esclava"
Municipio: Ecija
Nº Re. Mun.: 26
Titulación: P.S.E.
Vistos los informes y realizadas las comprobaciones sanitarias previstas en la legislación vigente, artículo 1º, punto 2, del Real Decreto
791/1979 de 20 de febrero; apartados 1º y 3º de la Orden Ministerial de Agricultura de 21 de octubre de 1990 y Resolución de la Dirección General de al Producción Agraria de 9 de febrero de 1982, he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Real Decreto
144/1982 de 3 de noviembre a restituirles con fecha 30 de agosto del año en curso de la titulación de que disfrutaban. Notifíquese la presente resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y alimentación, con el fin de su publicación en el BOE de acuerdo con lo que preceptúa el apartado B, punto 2 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 30 de agosto de 1990.- el Director General, Gerardo de las Casas Gómez.
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