Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 5/10/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 19 de septiembre de 1990, sobre concesión de subvención al Ayuntamiento de Sevilla, con cargo al Programa Andalucía-92 (A.O.K.0. 103.00/SB).

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A la vista del expediente instruido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, y Medio Ambiente en ejecución del Convenio de Cooperación entre la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla por el que se establece el alcance y desarrollo del Programa "Andalucía-92" para la ciudad de Sevilla, y atendiendo a lo establecido en el artículo 13, párrafo 3º de la Ley 2/1990 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en virtud de las facultades que se me otorgan por el artículo 10.b) de la Ley General

5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

RESUELVO:

Primero. Conceder con cargo a los 310.000.000 Ptas presvistos en el Programa "Andalucía-92" una subvención de 225.000.000 Ptas, y que se declare específica por razón de su objeto, al Excmo. Ayuntamiento de Sevilla para la ejecución de las obras de intervención sobre los espación públicos y pavimentación del barrio de San Bartolomé contempladas en el proyecto redactada y supervisado por esta Consejería de Cultura y Medio Ambiente.

Segundo. La citada subvención se hará efectiva con cargo a las siguientes anualidades e importes.

1990: 49.000.000 Ptas.

1991: 176.000.000 Ptas.

Tercero. El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla aportará los horarios de Dirección de la obra, que asciende a 5.027.586 Ptas comprometiéndose a encargar la Dirección de la obra al equipo técnico que ha redactado el proyecto.

Asimismo el posible incremento de costo que pueda sufrir la obra, motivado por causas imprevistas que pudieran surgir en su ejecución, será aportado por el Excmo. Ayuntamiento, al ser el importe subvencionado cerrado, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Andalucía 92.

Cuarto. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero. Su incumplimiento, obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Quinto. La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento sin previa justificación, por un importe de 10% de la cuatía total subvencionada, estando obligado el preceptor a presentar el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, certificación de la Intervención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/1988 de

5 de abril, BOJA nº 45, de 10 de junio), en relación con el artículo

53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de que las partidas ejecutadas con dicha cantidad sean justificadas, mediante las oportunas certificaciones de obra una vez justificado el 90% restante.

Los libramientos sucesivos se harán efectivos en firme y con justificación diferida, previa, presentación de las certificaciones acreditativas del gasto devengado por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla en la ejecución del objeto de la subvención, y quedando obligado, en el plazo de quince días, a emitir certificación del Interventor de la Corporación a que alude el citado artículo 38 del Reglamento de Intervención.

Sexto. El plazo de terminación de las obras para las que se concede la subvención será como máximo el 31 de diciembre de 1991.

Séptimo. Los carteles de las citadas obras deberán ajustarse al Manual de Diseño Gráfico establecido en el programa "Andalucía-92", así como a lo dispuesto en el Decreto 127/1985, de 12 de junio, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico de la Junta de Andalucía y a los Códigos de diseño que lo desarrolla, debiendo figurar en los mismos los dos Organos promotores de la Actuación, Junta de Andalucía-Consejería de Cultura y Medio Ambiente y Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Ultima. La presente Orden se hará publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.

Sevilla, 19 de septiembre de 1990

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

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