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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 5 de febrero de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso nº 1908/87, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallo: "1º. Se desestima el recurso interpuesto-administrativo interpuesto por el Procurador D. Eduardo Alcalde Sánchez, en nombre de D. Alfonso Zamora Padilla contra la resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de fecha 10 de junio de 1987, desetimatoria del recurso de reposición formulada por el recurrente contra la dictada el día 14 de enero de 1986 por la Consejería de la Presidencia, en virtud de la cual se le denegaba la compatibilidad de su puesto de trabajo como ATS en el Hospital Torrecárdenas de Almería con la actividad privada por cuenta ajena; y en consecuencia se confirman dichas resoluciones por ser conformes a Derecho.
2º. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.
Luego que sea firme esta sentencia y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al Centro de Procedencia".
Sevilla, 5 de octubre de 1990.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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