Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 23/10/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 9 de octubre de 1990, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se prorroga temporalmente el período de Veda para la Caza de las Aves Acuáticas en los términos municipales de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Hinojos y Almonte (Huelva) y Aznalcázar, Puebla del Río y Villamanrique de la Condesa (Sevilla), con motivo de la sequía. (Res. R-12 1/90).

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Tomando en consideración las excepcionales condiciones climatológicas que se dan actualmente en la zona occidental de la Comunidad Autónoma Andaluza por la falta de lluvias y con el fin de prevenir los daños que pudieran ocasionarse en la riqueza cinegética de las especies de aves acuáticas declaradas como cazables, en las zonas circundantes del Parque Nacional de Doñana, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 19 de junio de

1990, (BOJA núm. 52 de 22 de junio), que faculta a este Instituto para adoptar las medidas de protección que se estimen necesarias para esta Presidencia,

HA RESUELTO:

Prorrogar temporalmente el período de veda para la caza de las aves acuáticas, en toda clase de terrenos cinegéticos, en los términos municipales de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Hinojos y Almonte (Huelva) y Aznalcázar, Puebla del Río y Villamanrique de la Condesa (Sevilla), quedando suspendido en dichos términos municipales el período hábil previsto en el artículo 13. de la Orden mencionada hasta que se produzcan condiciones climatológicas favorables.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de octubre de 1990.- El Presidente, Joan Corominas Masip.

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