Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Teniendo en cuenta la creciente demanda de la modalidad de la enseñanza a distancia dentro del ámbito de esta Comunidad Autónoma y no existiendo en Cádiz ningún Instituto de Bachillerato a Distancia, se hace necesaria la creación de un Instituto para cubrir dichas necesidades en la modalidad de enseñanza a distancia en la citada provincia. Por ello y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, sobre Transferencia de Funciones y servicios de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de educación y el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio del derecho a la Educación (BOE del 4) a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, con el informe favorable de la Consejería de Hacienda y Planificación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de septiembre de 1990,
DISPONGO:
Artículo 1º. Para impartir estudios de bachillerato y Curso de Orientación Universitaria en la modalidad de enseñanza a distancia se crea en Andalucía el Instituto de Bachillerato a Distancia de Cádiz.
Artículo 2º. Este Instituto se regulará por lo establecido en el Decreto
7/1988 de 20 de enero (BOJA 5.2.88) de creación de I.B.A.D.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos, económicos y administrativos a partir del 1 de septiembre de 1990.
Sevilla, 4 de septiembre de 1990
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Descargar PDF