Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 2/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 29 de octubre de 1990, por la que se concede un equipamiento por valor de veinticinco millones de pesetas para el Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Antequera (Málaga).

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Para paliar la actual configuración de los Servicios Contraincendios y Salvamentos en Andalucía, la Consejería de Gobernación ha venido concediendo para la construcción y equipamiento de parques de bomberos en nuestra Comunidad subvenciones a las distintas Administraciones interesadas en la pronta constitución de la Red Básica de Parques de Bomberos propugnada por el Estudio de Riesgos de Incendios de la Junta de Andalucía.

Dentro de la línea la Consejería de Gobernación concedió al Excmo. Ayuntamiento de Antequera dos subvenciones, por Ordenes de 29 de diciembre de 1988 y de 14 de noviembre de 1989, por valor de veinticinco millones de pesetas (25.000.000 Pts.) cada una, destinadas a la construcción de un nuevo Parque de Bomberos en dicha localidad cuyo Servicio de Extinción de Incendios necesita efectuar una mejora de su equipamiento para poder ofecer sus servicios de forma adecuada, por lo que a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 13 de la Ley 2/1990, de 2 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990.

DISPONGO:

Artículo 1. Subvencionar equipamiento destinado el nuevo parque de bomberos del Excmo. Ayuntamiento de Antequera (Málaga) por un valor de veinticinco millones de pesetas (25.000.000 Pts).

Artículo 2. El equipamiento a que hace referencia el Artículo anterior se compone de:

Una Autobomba Urbana Pesada de 3.000 litros dotada con materia de intervención y accesorios.

Artículo 3. Una vez recepcionado el citado equipamiento en el Parque de Bomberos de Antequera, el Excmo. Ayuntamiento, deberá garantizar el buen funcionamiento y uso del material objeto de subvencionar a cargo de personal debidamente cualificado, así como su conservación y cuido.

Artículo 4. La presente Orden se publicará en BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 29 de octubre de 1990

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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