Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 9/11/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 383/1990, de 6 de noviembre, por el que se crea el Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado.

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La nueva ordenación del sistema educativo abre un horizonte de transformaciones y mejoras en la enseñanza. Estos cambios no sólo supondrán modificaciones en la estructura de ciclos, etapas o niveles escolares, sino que además van a facilitar una oferta más diversificada y especializada. En este ámbito, la formación permanente del profesorado es un derecho y una obligación para el profesor, así como una responsabilidad para la Administración Educativa Andaluza. Desde esta concepción y con los recursos precisos, ha de abordarse la constante adaptación del profesorado a la renovación que requiere una Sociedad mutable y compleja. Por otra parte, es necesario reconocer la autonomía pedadógica a profesores, Centros y colectivos docentes, que les permita desarrollar currículos propios de perfeccionamiento orientados a una enseñanza de mayor calidad.

Superadas las primeras fases de diseño y orientación en materia de formación y perfeccionamiento, la respuesta más adecuada al nuevo modelo demandado en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo es un Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del profesorado que,sin perder los vínculos precisos con la Administración educativa, posea la autonomía suficiente que le permita superar los retos de la generalización del perfeccionamiento docente.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda y aprobación de la Consejería de Gobernación, y previa deliberacíon del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de noviembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo 1º.

Se crea el Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado, como servicio administrativo, sin personalidad jurídica, dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia.

Artículo 2º.

El Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado tendrá las siguientes funciones:

a) La propuesta de los nuevos currículos educativos, así como de las normas y orientaciones necesarias para su actividad.

b) Elaborar y desarrollar programas de formación permanente del profesorado.

c) Coordinar la investigación e innovación educativa, fomentando la realización de experiencias que posibiliten un ámbito permanente de renovación del profesorado.

d)Favorecer la participación de las Universidades en la formación permanente del profesorado.

e)Posibilitar la existencia de ofertas de formación de iniciativa social, favoreciendo además, un funcionamiento armónico entre las ofertas institucionales de formación y las ofertas de iniciativa social.

F) Llevar a cabo la política de formación del profesorado a través del dialogo y negociación , en su caso, con los representantes sindicales y profesionales del profesorado y de las diversas instancias sociales implicadas en la formación.

g) Atender las propuestas de formación del profesorado emanadas desde órganos directivos de la Consejería de Educación y Ciencia.

Artículo 3.

El Director del Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado, con rango de Director General, será nombrado mediante Decreto, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Se faculta al Consejero de Educación y Ciencia para dictar cuantas disposiciones complementarias sean precisas para el cumplimiento y desarrollo del presente Decreto.

Segunda. Por la Consejería de Gobernación, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia, se procederá a elevar al Consejo de Gobierno, la adecuación de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, conforme a lo previsto en el Decreto 390/86 de 10 de diciembre, por el que se regula la eleboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo.

DISPOCICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de noviembre de 1990

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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