Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 9/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 23 de octubre de 1990, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de

3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada - Escudo del Carmen 31.

LINEA ELECTRICA

Origen: C.T. Barranco II.

Final: C.T. Las Mimbres (entrada y salida). Términos municipales afectados: Cenes de la Vega. Tipo: Subterránea.

Longitud en km.: 0,700.

Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Al de 1x150 mm2 aislamiento 12/20 KV. Potencia a transportar: 160 KVA.

ESTACION TRANSFORMADORA

Emplazamiento: Las Mimbres.

Tipo: Interior.

Potencia: 160 KVA.

Relación de transformación: 20 KV +- 5%/380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 4.908.360 pesetas.

Finalidad: Atender nuevas peticiones de suministro. Referencia: 4613/A.T.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 23 de octubre de 1990.- El Delegado, P.A. La Secretaria General, Matilde Sánchez Robles.

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