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Ilmos. Sres.:
El Decreto 202/1989, de 3 de octubre, por el que se crea el Plan de Barriadas de actuación Preferente establece las líneas de intervención que el Area de Urbanismo, Infraestructura y Viviendas han de acometerse en las Barriadas declaradas como tales, y que se concretan en los respectivos Convenios firmados entre la Junta de Andalucía y los correspondientes Ayuntamientos.
Uno de los compromisos que la Consejería de Obras Públicas y Transportes asume en el firmado para las Barriada de Palma-Palmilla, es la coancesión de una subvención al Ayuntamiento de Málaga para la ejecución de las obras de reparación del alumbrado público; limpieza de colectores y reparación de acometida; reparación de redes de instalación de agua potable; reparación de pavimiento en c/ Ebro a la altura de los números 1, 3, 5 y 7 y reparación de tapas de absorbederos y arquetas en dichas Barriadas.
Para llevar a cabo las actuaciones comprometidas en ete Plan para este año
1990, de conformidad con el art. 21 Apartado 3. de la Ley 20/1988, y en virtud de las facultades que me confieren los artículos 10 de la Ley
9/1985, de 28 de diciembre, esta Consejería,
HA RESUELTO:
Primero. Conceder al Ayuntamiento de Málaga una subvención para la ejecución presupuestaria 15.03.768.00.33A.0.0251.00 en dos anualidades 90 y 91 en un único pago cuyo gasto quedará desglosado de la siguiente forma:
76.135.000 ptas. para la anualidad 1990.
41.865.000 ptas. para la anualidad 1991.
Una vez recibido el importe de la subvención por la corporación municipal, el Interventor de la misma deberá expedir certificación de haber sido registrado en su contabilidad el impreso de la ayuda recibida con expresión del asiento contable practicado, de conformidad con el Decreto 149/1988, de 5 de abril.
Lo que les comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Sevilla, 16 de octubre de 1990
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.
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