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Habida cuenta del interés que tiene para la Administración Sanitaria Andaluza la realización de este tipo de jornadas, tanto por el significado y contenido de las mismas como por los objetivos que persiguen como son la concienciación y adquisición de conocimiento por parte de los médicos adscritos a los distintos Colegios de Andalucía en orden a los límites de responsabilidad civil, penal y administrativas que asumen los mismos. Jornadas de estudio que se realizan en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los Colegios rubricados y esta Consejería.
Ante la solicitud presentada ante la Consejería de Salud por las Entidades Oficiales citadas y existiendo crédito presupuestario para otorgar la referida subvención, sin que sea posible promover concurso público por la especial característica que concurre en los Colegios Médicos solicitantes y la naturaleza específica a realizar conforme previene el artículo decimotercero de la Ley 2/1990, de 2 de febrero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990. En virtud y en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y 10.b) de la Ley General
5/1983 de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO:
Artículo 1. Conceder a los Colegios de Médicos de Andalucía una subvención específica por razón del objeto por importe de cuatro millones de pesetas (4.000.000 pts.) con motivo de la realización de las Jornadas de Estudios sobrea los límites de la responsabilidad en la atención médica a celebrar en la ciudad de Granada, con cargo al Presupuesto de esta Consejería para 1990.
Artículo 2. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de octubre de 1990
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Salud
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