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Habiendo solicitado la entidad "Bingo Costa Luz, S.L." la devolución del AVAL constituido al amparo del Decreto 289
87.9 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento del bingo, y por el período de la vigencia del permiso de funcionamiento concedido a la referida entidad, AVAL que se constituyó con el objeto de responder de modo específico a las responbilidades derivadas de la actividad de juego y prioritariamente a las sanciones que eventualmente se incurra por las mismas, se hace público de conformidad con lo establecido en el art.
12.6 del Decreto 289
87 de 9 de diciembre, para que por los organismos o personas interesadas, se puedan efectuar las reclamaciones que se estimen pertinentes.
Dichas reclamaciones deberán presentarse en la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía, sita en c/ Sanlúcar de Barrameda,
3 de Huelva, en el plazo de quince días a partir del siguiente hábil al de la publicación del presente anuncio.
Huelva, 24 de septiembre de 1990.- El Delegado, Carlos Sánchez-Nieva Navas.
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