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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de sagosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO:
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Grupo Local de Taxis de San Fernando (Cádiz).
Tarifas Autorizadas
Concepto IVA incluido
A) Tarifa Base:
a.1. Bajada de bandera 88 ptas.
a.2. Por cada Km. recorrido 46 ptas.
a.3. Hora de parada 1.214 ptas.
B) Suplementos:
b.1. Por cada maleta o bulto de más de 60 cms. 38 ptas. b.2. Servicios días festivos (desde
las 00 hasta las 24 h.) 56 ptas.
b.3. Servicios nocturnos en días laborables (desde las 22 a las 6 h.) 56 ptas.
C)Carrera Mínima: 255 ptas.
D) Servicios especiales:
Se establece un incremento de 100 ptas. para servicios efectuados dentro de los recintos de la Carraca, Bazán y Clínica.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de noviembre de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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