Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 30/11/1990

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. SIETE DE GRANADA

EDICTO. (PP. 1642/90).

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El Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Granada

Hace saber: Ante este Juzgado se siguen autos de procedimiento venta en subasta pública núm. 328 de 1990, a instancia de Banco Hipotecario de España S.A. contra D. Lorenzo Díaz Palomeque y Doña María Pardo Justicia acordándose sacar a Pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado:

PRIMERA SUBASTA: el día quince de enero de mil novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación

5.840.000 Pts.

SEGUNDA SUBASTA: el día cinco de febrero de mil novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del 25% del tipo de tasación.

TERCERA SUBASTA: el diá veintiseis de febrero de mil novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

Primera. Servirá de tipo para la primera subasta la cantidad de

5.840.000 Pts, fijada a tal fin en la escritura la cantidad de préstamo, sin que se admita postura que no cubra las dos terceras partes del tipo, de conformidad con lo previsto en el artículo 1499 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Segunda. Se expresará en los edictos que estarán de manifiesto en la Escribanía los títulos de propiedad de los bienes o la certificación del Registro de la Propiedad que los supla, previniéndose además que los licitadores deberán conformarse con ellos y que no tendrán derecho a exigir ninguno otros, según lo dispuesto en los artículos 1496 y 1493 de la ley de Enjuiciamiento Civil.

Tercera. Igualmente se expresará en los edictos que subsisten las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, entendiéndose que el rematante los acepta y se subroga en los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 131, regla 8 y 133, párrafo 2 de la Ley Hipotecaria.

Cuarta. La subasta se celebrará ante este Juzgado, por ser el correspondiente por razón del fuero, una vez transcurridos quince días desde la publicación de los edictos (artículo 34 de la Ley de diciembre de 1872).

Quinta. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente el 20 por ciento del tipo de la subasta en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, reservándose en depósito las consignaciones de los posteres que admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta a efectos de que, si el rematante no cumple su obligación, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

Sexta. La consignación del precio se hará dentro de los ocho días siguientes a la aprobación del remate, (art. 35 de la ley de

1872).

BIENES A SUBASTAR

FINCA: Vivienda unifamiliar sita en Bélmez de la Moraleda, sitio Solana de los Asperones, calle de nueva apertura, tiene un superficie de 89 metros cuadrados y 51 decímetros cuadrados. Inscrita en el Tomo 571, Libro 30, folio 193, finca 3.025, 2., del Registro de la Propiedad de Huelma (Jaén).

Y para que sirva de notificación en forma mediante su publicación en los lugares de costumbre, doy el presente en Granada, a quince de octubre de mil novecientos noventa.- La Secretaría.

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