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El Decreto 193/84, de 3 de julio, establecía la inclusión dentro de los planes de estudio de la Comunidad Autónoma de una serie de temas concernientes a la Cultura Andaluza.
Distintas disposiciones de esta Consejería de Educación y Ciencia han ido desarrollando los contenidos previstos en dicho Decreto, a través de las cuales se han puesto en marcha distintas acciones sobre temas concernientes a la Cultura Andaluza. El Objetivo de estas actuaciones era el de fomentar la inclusión en la realidad escolar de aquellas cuestiones que definen nuestra identidad cultural.
Con el fin de potenciar estas actuaciones, es necesario marcar unos objetivos generales para el Programa de Cultura Andaluza y regular los diversos ámbitos de actuación que se ponen en marcha en esta Programa. De acuerdo con lo anterior, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto lo siguiente:
Artículo único. Se aprueban los objetivos y funcionamiento del Programa de Cultura Andaluza que figuran en Anexo a la presente Orden.
DISPOSICION FINAL
Se faculta a las Direcciones Generales de Ordenación Educativa, de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales y al Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado para el desarrollo y aplicación de la presente Orden en el ámbito de sus respectivas competencias.
Queda derogada la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 31 de agosto de 1984 (BOJA de 18 de septiembre). La presente Orden que entrará en vigor al día siguiente de su publicación tendrá efectos académicos en el presente curso 1990
91.
Sevilla, 16 de enero de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
ANEXO
Primero. Objetivos.
Los objetivos prioritarios del Programa de Cultura Andaluza en el Presente curso serán los siguientes:
1. Potenciar que el profesorado profundice en el conocimiento de las Instituciones Andaluzas, así como de la realidad natural, linguística, social y cultural de Andalucía de forma que se posibilite el proceso de enseñanza-aprendizaje desde los referentes inmediatos del alumno.
2. Promover la integración en los currículos escolares de los aspectos relativos a la realidad natural, social y cultural de Andalucía.
3. Difundir dentro de la Comunidad Educativa el conocimiento de la Cultura Andaluza, concebida como un elemento definitorio de nuestra identidad.
4. Facilitar la investigación en torno a los distintos aspectos de la Cultura Andaluza mediante la colaboración con otros organismos y entidades que guarden relación con la Cultura Andaluza. Para conseguir dichos objetivos esta Consejería de Educación y Ciencia realizará las siguientes actividades:
Segundo. Diseño Curricular.
En el marco del proceso de elaboración de los nuevos currículos que contempla la LOGSE, y en el ámbito de las competencias específicas de nuestra Comunidad Autónoma, la Consejería de Educación y Ciencia incluirá dentro de los mismos, de acuerdo con el artículo 19.2 del Estatuto de Autonomía, objetivos y contenidos curriculares que guarden una esencial conexión con las realidades, tradiciones, problemas y necesidades del pueblo Andaluz.
Tercero. Materiales Curriculares.
Para facilitar la puesta en marcha de lo enunciado en el artículo segundo, la Consejería de Educación y Ciencia promoverá la elaboración de materiales curriculares que expliciten, aclaren y profundicen los temas relacionados con la Cultura Andaluza, tanto desde el punto de vista de los contenidos como desde la metodología, así como la consideración del entorno como eje vertebrador del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Cuarto. Talleres de Cultura Andaluza.
Para un mejor conocimiento de la Cultura Andaluza la Consejería de Educación y Ciencia ha reeditado los Talleres de Cultura Andaluza, ya editados en 1986. Asimismo ha publicado nuevos Talleres que tratan de ampliar el conocimiento de nuestra realidad cultural de Andalucía así como las guías didáticas que permitan acercarse a ella. Estos talleres deben servir de guía para la formación del profesorado, de tal manera que, a través de los Centros del Profesores, se puedan dar a conocer y servir de elemento referencial para la formación permanente del profesorado.
Quinto. Formación del Profesorado.
Para poder alcanzar lo establecido en el artículo primero de la presente Orden es necesario potenciar todo lo referente al ámbito del perfeccionamiento del profesorado. Para ello la Consejería de Educación y Ciencia actuará en los siguientes campos.
1. Dentro de las fases de Concurso-oposición para el acceso a la Función Pública Docente, la Consejería de Educación y Ciencia podrá organizar, para los profesores que vayan a acceder a la docencia en Andalucía, en aquellos niveles o áreas que se determinen, unos cursos de actualización y profundización en la Cultura Andaluza.
2. Las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia propiciarán, a través de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica la realización de cursos, de encuentros y jornadas para profesores, que versarán sobre los distintos aspectos que componen la Cultura Andaluza.
2.1. Dentro de los temas referidos a la Cultura Andaluza se encuentra el de "Iniciación del flamenco en la escuela", el cual, mediante la celebración de cursos específicos organizados por esta Consejería, debe dotar al profesorado de los instrumentos teóricos y prácticos que permitan llevar al aula las formas de expresión del cante flamenco.
2.2. Asimismo, se organizarán cursos específicos sobre el habla andaluza, que permitan formar a los profesores correspondientes para conseguir que los alumnos, tras el conocimiento y análisis de las especificidades del habla andaluza, adquieran el máximo de competencia como hablantes.
3. Programa "Juan de Mairena".
Para conseguir que el profesorado profundice en el conocimiento de la realidad cultural andaluza y formentar el aprecio por el habla andaluza a través del conocimiento de la poesía tradicional y de la obra de escritores andaluces actuales, se continuará y desarrollará el denominado Programa "Juan de Mairena". Este Programa se desglosa en cuatro apartados: Poetas en el aula, Literatura de transmisión oral, Teatro en el aula y Folklore rural.
3.1. En el proyecto de "Poetas en el aula" se acercará la realidad de nuestra poesía actual al conocimiento de los profesores y alumnos, promoviendo en éstos, no sólo el aprecio por nuestra poesía sino también favoreciendo la creatividad y expresividad de los mismos.
3.2. En el proyecto de "Literatura de transmisión oral", se tratará de acercar a los profesores y alumnos a la diversidad de formas literarias transmitidas por vía oral y que, en el caso de Andalucía, reviste características propias de una gran importancia.
3.3. Con el proyecto "Teatro en el aula" se trata de facilitar el acceso del profesorado y los alumnos a una manifestación del patrimonio literario andaluz, de gran importancia en el área artística y con amplias posibilidades de utilización interdisciplinar.
3.4. Con el proyecto "Folklore rural" se intenta que los profesores puedan integrar en su actividad aquellas manifestaciones populares (juegos, bailes, cantes, fiestas y costumbres) que pertenecen a las diversas tradiciones existentes en el ámbito rural de nuestra Cultural Andaluza y cuyo conocimiento e investigación por parte de los mismos pueda servir para destacar y valorar su significación antropológica.
Sexto. Experimentación e Innovación Educativa.
Con objeto de facilitar la inclusión en la realidad escolar de temas referentes a la Cultura Andaluza, se potenciará dentro de las convocatorias de experimentación e innovación educativa que realice esta Consejería de Educación y Ciencia la participación del profesorado a través de Proyectos educativos y Seminarios Permanentes que tengan como objetivo el estudio y aplicación de los temas de Cultura Andaluza en el aula.
Séptimo. Investigación Educativa.
Dentro de las actividades que para la investigación educativa del profesorado de niveles no-universitarios organice esta Consejería de Educación y Ciencia se considerarán como temas preferentes aquéllas que tengan por objetivo la incardinación dentro de los diseños curriculares, en sus distintos niveles de concreción de las cuestiones referidas a la Cultura Andaluza. Asimismo se facilitará la formación de grupos de trabajo internivelares que trabajen sobre estos mismos temas.
Octavo. Programa de Adultos.
Las especiales características del Programa de Adultos constituyen un ámbito en el que el Programa de Cultura Andaluza adquiere sentido particular. En efecto, la amplia implantación del Programa de Adultos está permitiendo reunir y documentar toda una serie de tradiciones culturales (juegos, artesanía, coplas...) ligadas a las características específicas de estos alumnos. La interacción entre profesores y alumnos dentro del aula, cobra una dimensión innovadora con las aportaciones que muchos adultos pueden hacer al conocimiento de nuestras raíces culturales. Estos modos innovadores de trabajo se constituyen en elementos esenciales del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Noveno. Actividades Extraescolares.
Dentro de las ayudas que para actividades extraescolares convoque la Consejería de Educación Ciencia, se concederá especial atención y prioridad a aquéllas que tengan como objetivos el conocimiento de la Cultura Andaluza, tanto en lo referente al medio natural como al cultural.
Décimo. Actividades de Investigación de Alumnos.
Uno de los elementos motivadores dentro de la escuela es aquél que propicia la investigación por parte de los alumnos. La Consejería de Educación y Ciencia a través de convocatorias anuales ha propiciado y subvencionado estas actividades, promoviendo la iniciativa y creatividad de los alumnos, aunadas con unas exigencias de rigor en el trabajo. En este sentido, y como forma de hacer valorar y conocer nuestra Cultura, la Consjería de Educación y Ciencia priorizará en estas Convocatorias aquellas actividades que se dirijan a un mejor conocimiento del entorno en el que se desenvuelve el alumno.
Décimo primero. Enseñanzas Artísticas y Musicales.
Teniendo en cuenta la importancia de nuestras tradiciones musicales y artesanales, en las enseñanzas y actividades de los Conservatorios y Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, se propiciará la presencia en las mismas de los aspectos más relevantes de la música andaluza, de la inspiración andaluza en la música europea, así como de nuestras tradiciones artesanales.
Décimo segundo. Patrimonio Histórico y Artístico de Andalucía. Los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes, creados en colaboración por las Consejerías de Educación y Ciencia y de Cultura de la Junta de Andalucía, tiene como finalidad impulsar la función educativa del Patrimonio histórico en general. Estos Gabinetes desarrollarán y perfeccionarán los métodos didácticos de aproximación a nuestro patrimonio, programarán actividades pedagógicas a desarrollar durante las visitas de los alumnos a los museos y coordinarán y asesorarán a los Centros educativos para la programación de sus visitas a los museos, monumentos y zonas arqueológicas que se determinen.
Décimo tercero.
Para llevar adelante lo hasta aquí previsto, la Consejería de Educación y Ciencia podrá establecer convenios y acuerdos con distintas instituciones y entidades que coincidan en la difusión y profundización en la Cultura Andaluza.
Décimo cuarto.
En las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia existirá un Coordinador Provincial de Cultura Andaluza, para llevar a cabo las tareas de promoción, impulso y coordinación de todas las actividades de Cultura Andaluza.
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