Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 26/11/1991

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE GRANADA

EDICTO

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EL EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA, HACE SABER:

Que el Ayuntamiento-Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 1991 ha acordado por unanimidad convocar oposición libre para provisión en propiedad de 4 plazas de Técnicos de Administración General., con arreglo a las siguientes

BASES

1.- NORMAS GENERALES

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de Técnicos de Administración General de la Escala Administración General y Clase Técnicos, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) 2 plazas para promoción interna

b) 2 plazas para acceso libre.

Los aspirantes podrán participar únicamente por uno de los sistemas.

1.2. Las plazas reservadas a promoción interna, que queden sin cubrir, se acumularán al sistema general de acceso libre. A tal efecto la las correspondientes al sistema de acceso libre.

1.3. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley

30/1984; la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, RDL. 781/1986, de 18 de abril; RD. 896/1991, de 17 de junio y las Bases de la presente convocatoria.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición libre.

1.5. La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, siendo eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de 2 horas, un tema de carácter general determinado por el Tribunal, inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con las materias contenidas en el Grupo I del Programa, que se acompaña a la convocatoria, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición se refiere.

En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escritas, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. La lectura del ejercicio por los aspirantes será obligatoria y pública, salvo caso de fuerza mayor previa justificación, en cuyo caso, será leído por el Tribunal.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito dos temas concretos del Grupo II del Programa Anexo a la convocatoria, extraídos al azar e iguales para todos los opositores, de los cuales uno deberá ser necesariamente del contenido que desarrolla el apartado denominado "Régimen Local", en un periodo máximo de 4 horas y que serán leidos por el candidato en sesión pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos. Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos.

Tercer ejercicio.- De carácter igualmente obligatorio se desarrollará por escrito, durante un período máximo de cuatro horas y consistirá en la redacción de un informe, con propuesta de resolución, sobre dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativos a tareas administrativas propias de las funciones asignadas a la Subescala. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales, colecciones de Jurisprudencia, de los que acudan provistos.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra z , de conformidad con el sorteo celebrado en virtud de Decreto de la Alcaldía con fecha de 5 de julio de 1991, cuyo resultado se remitió para su publicación al Boletín Oficial del Estado el día 30.9.1991.

1.6. En el Decreto por el que se apruebe la lista de admitidos y excluidos se determinará el mes del comienzo de las pruebas selectivas, así como el día, la hora y lugar de celebración del primer ejercicio.

Desde la terminación de una prueba hasta el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 h. y máximo de 20 días.

Una vez comenzadas no será obligatorio la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de

24 h., si se trata de uno nuevo.

1.7. Los tribunales adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

1.8. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo I.

1.9. Los derechos de examen serán de 3150.- pesetas y se ingresarán en la Cuenta Corriente núm. 01-734955-6 "Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Granada", en el Banco de Vizcaya OP. de esta ciudad. El resguardo de ingreso se adjuntará a la instancia, o bien mediante el sistema del artículo 66.5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Queda exceptuado de abonar los derechos de examen el personal de este Ayuntamiento.

2.- REQUISITOS PARA LOS CANDIDATOS.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español

b) Tener cumplidos los 18 años de edad, sin exceder de la edad necesaria para que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c) Estar en posesión de título de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario según el art. 25 de la Ley 30/1984.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. Los aspirantes a promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en situación de servicio activo, servicios especiales en este Ayuntamiento como Administrativo de Administración General. (Grupo

C).

b) Tener una antigüedad al menos de dos años en dicho Grupo. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 de 26 de Diciembre, serán computables a efectos de antigüedad,

2.3. Todos los requisitos a que se refieren las bases 2.1 y 2.2., deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3. SOLICITUDES.

3.1. Las solicitudes serán facilitadas en la Oficina de Información, Oficinas Desconcentradas y Registro General de Entradas de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará una fotocopia del DNI. y el resguardo de haber ingresado los derechos de examen conforme a lo determinado en la base 1.9 de esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde podrán presentarse en el Registro General y Oficinas Desconcentradas de este Ayuntamiento ubicadas en c/ Hermanos Carazo nº 8 (Zaidín); Avda. de la Consolación (Chana); Plaza Aliatar (Albaicyn) y c/ Santa Amelia, Bl.4, nº 6 (Norte-Beiro), o en la forma establecida en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía.

Las instancias que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas, como preceptúa el art. 66 de la LPA.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse en el plazo antes indicado, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las deberán remitir seguidamente a este Ayuntamiento.

3.3. Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema de acceso a promoción interna o libre.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.- ADMISION DE LOS ASPIRANTES

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. Dicha resolución se publicará en el BOP. indicándose en la misma el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas y el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

4.3. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOP. ante el Excmo. Sr. Alcalde.

De no presentarse recurso de reposición, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de reposición si el aspirante fuese definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

5. TRIBUNALES.

5.1. El Tribunal calificador que tendrá la categoría 1ra. de las recogidas en el Anexo IV del RD. 236/1988 de 4 de Marzo estará integrado en la siguiente forma: Presidente, el de la Corporación y Suplente. Vocales: por la Junta de Andalucía, titular y suplente: Tres vocales designados por el Excmo. Sr. Alcalde y suplentes. Actuará de Secretario, el de la Corporación y Suplente.

La determinación de los miembros del Tribunal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con la relación provisional de admitidos y excluidos.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la sentencia, al menos, de tres de sus componentes.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al Cuerpo o Escala del Grupo A en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, para cuyas pruebas hubiesen sido nombrados miembros del Tribunal.

5.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el art. 20 de la LPA.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a dicho tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.

6.1. En cualquier momento los tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3. Si en el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procediera.

7. CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS.

7.1 Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

7.2. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición.

7.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.

8. LISTA DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTACION Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS.

8.1. La lista de aprobados de cada uno de los ejercicios se publicará en los mismos lugares de la celebración de éstos y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

8.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, a que se refiere la base anterior, deberán presentar en la Sección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 2.1.

8.4. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Caso de ser funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Granada, se aportará de oficio la documentación.

8.5. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.6. Transcurrido el plazo de presentación de documentos el Excmo. Sr. Alcalde nombrará funcionarios de carrera a los aprobados.

El plazo para tomar posesión será de 30 días a contar desde la notificación del nombramiento a los interesados, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

9. NORMA FINAL.

9.1. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Granada, 30 de octubre de 1991.- El Alcalde PD.

ANEXO

GRUPO I:

DERECHO CONSTITUCIONAL

1.- El concepto de Constitución. La Constitución como Norma Jurídica. Líneas Fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978: Estructura.

2.- El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho.

3.- Los valores superiores de la Constitución española.

4.- Los Derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

5.- La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

6.- El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

7.- La Corona. Atribuciones según la Constitución Española. El Poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Pode Judicial: organización y competencias.

8.- Las Corte Generales. Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: Modalidades.

9.- Organos dependientes de las Cortes Generales. El Tribunal de Cuentas. El Defensor de Pueblo. Organos análogos de las Comunidades Autónomas.

10.- El Tribunal Constitucional. Organización. Componentes, materias y procedimientos de los recursos ante el Tribunal.

11.- El Gobierno. Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. Tipología de las Administraciones.

12.- La Administración del Estado: Organos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. La Administración consultiva.

13.- La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. La Ley Electoral de la Comunidad autónoma de Andalucía.

14.- Organizaciones sindicales y empresariales en España. Evolución histórica y situación actual. Principios constitucionales informadores.

ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO

15.- la Distribución territorial del poder: Análisis histórico y evolución. Los diversos modelos existentes.

16.- El Estado de las Autonomías. Precedentes

históricos-constitucionales. Su regulación en la Constitución española. La Autonomía política: Principios generales.

17.- Vías de acceso a la autonomía. Los Estatutos de Autonomía: Naturaleza, contenido, elaboración y reforma. La Junta de Andalucía: Vía de acceso a la autonomía y estatutos de autonomía.

18.- Las instituciones autonómicas: Previsiones constitucionales. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Defensor del Pueblo de Andalucía.

19.- Las instituciones autonómicas andaluzas: El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y atribuciones. El Consejo de Gobierno: Atribuciones y composición. Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

20.- La Administración autonómica: Principios informadores y organización . Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

21.- Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía.

22.- Las Relaciones entre Administraciones públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismo de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

23.- La financiación de la Comunidades Autónomas. Regulación constitucional. La LOFCA. La Ley del Fondo de Compensación Interterritorial. La Ley Reguladora de cesión de Tributos. La financiación de la Junta de Andalucía.

24.- Posición constitucional de Municipios y Provincial. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local.

25.- Relaciones interadministrativas: Principios inspiradores. Mecanismos de cooperación y coordinación.

GRUPO II

DERECHO ADMINISTRATIVO

26.- El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.

27.- La Administración Pública: Concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo. Jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

2 clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y Principios Generales del Derecho.

29.- La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

30.- El Reglamento. Clases. Fundamento y limites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

31.- La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

32.- El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

33.- El Procedimiento Administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.

34.- Los procedimientos especiales. Procedimiento para elaboración de disposiciones de carácter general. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

35.- Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, reposición, revisión y súplica. Las reclamaciones económico administrativas.

36.- La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias, ejecución de sentencias.

37.- Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.

38.- Contenido y efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgos y ventura y fuerza mayor. Revisión de Precios.

39.- La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objetos y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

40.- La Responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen Jurídico actual.

41.- La intervención administrativa. Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento: Manifestaciones mas importantes de la acción administrativa de fomento.

42.- La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas administraciones públicas. Manifestaciones más importantes de la acción de policía en la Administración del Estado.

43.- La Potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionatorio. Principios generales. Sanciones administrativas.

44.- El servicio público: Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión.

45.- Propiedades administrativas. Clases. El dominio público: Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público.

46.- Los funcionarios públicos: concepto y clases. Estructura de la función pública española. La legislación sobre funcionarios civiles del Estado.

47.- Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económicos.

48.- Los derechos pasivos de los funcionarios. La Seguridad Social de los funcionarios.

REGIMEN LOCAL

49.- Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

50.- La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

51.- Organización y competencias de la provincia.

52.- El Municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho Español.

53.- El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.

54.- Organización y competencias municipales.

55.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.

56.- Mancomunidades. Agrupaciones. Estructuras supramunicipales.

57.- Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

58.- Autonomía municipal y tutela.

59.- La función pública local y su organización.

60.- Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social. La Mutualidad Nacional de Previsión de Administración Local.

61.- Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

62.- Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

63.- Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

64.- El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

65.- Las empresas municipales. Los consorcios.

66.- Los contratos administrativos en la esfera local.

67.- Las Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

68.- Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

69.- La imposición local autónoma.

70.- Régimen jurídico del gasto público local.

71.- Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

72.- La legislación urbanística española. Antecedentes. El Texto Refundido de la Ley del Suelo. La Reforma del Régimen Urbanístico y Valoración del suelo por Ley 8/1990 de 25 de Julio. Legislación sectorial de especial incidencia en el urbanismo.

73.- La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales y de las Comunidades Autónomas. Competencias locales.

74.- Significado del plan urbanístico. Tipología de los planos. La jerarquización de los planos de urbanismo. Municipios sin plan de ordenación.

Planes parciales. Proyectos de urbanización. Programas de actuación urbanística. Normas complementarias y subsidiarias del planeamiento. Planes especiales.

76.- La formación de los planes territoriales de urbanismo de carácter municipal: competencia y plazos; estándares urbanísticos. Procedimiento de aprobación. La suspensión de licencias. Los planes de iniciativa particular.

77.- Vigencia de los planes. Modificación, revisión y suspensión. Efecto de la aprobación de los planes.

78.- La clasificación del suelo. Limitaciones y deberes por razón de la obra urbanizadora. El patrimonio municipal del suelo: concepto, naturaleza jurídica y régimen aplicable.

79.- La ejecución de los planes de ordenación: competencia y principios generales. Actuación por poligonos. Sistemas de actuación: determinación del aplicable. Los principios de afectación de plusvalías y de justa distribución de beneficios y cargas.

80.- Parcelaciones y reparcelaciones. Las expropiaciones urbanísticas: clases y criterios de valoración.

81.- Edificación y uso del suelo. Edificación forzosa y registro de solares. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina.

82.- La licencia urbanística. Naturaleza y régimen jurídico.

83.- Infracciones urbanísticas. Responsabilidad de la Administración. Acciones y recursos.

84.- Competencias locales en materia de Abastos. Mataderos, mercados, lonjas de pescas, establecimientos alimentarios.

85.- Competencias locales en materia de sanidad. Cementerios.

86.- Servicios públicos de suministro: competencias de las Corporaciones Locales. Especial consideración del suministro de agua potable.

87.- Competencias en materia de salubridad: saneamiento, recogida y tratamiento de residuos sólidos. Defensa del medio ambiente.

88.- Competencias locales en materia de educación y cultura.

89.- Competencias en materia de vías de comunicación, circulación y transporte.

90.- Competencias locales en relación con la vivienda y protección civil. Competencias en materia de turismo y deporte.

91.- Actual estructura administrativa del Ayuntamiento de Granada: organigrama funcional. Actual estructura política: las Delegaciones de Servicios.

HACIENDA PUBLICA

92.- Actividad financiera y actividad económica. Origen y desarrollo de la Hacienda Pública. La fundamentación teórica de la Hacienda Pública.

93.- El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. Los principios presupuestarios liberales. Teorías modernas sobre el presupuesto.

94.- El gasto público: concepto y clases. Aumento real aparente del gasto público. Efectos económicos del gasto público.

95.- Los ingresos públicos: concepto y clases. Precios privados y cuasi-privados. Precios públicos y precios políticos. Contribuciones especiales.

96.- El impuesto y su naturaleza. Distribución técnica del impuesto. Distribución económica del impuesto. Distribución formal del impuesto.

97.- La Hacienda extraordinaria. Presupuestos extraordinarios. Los ingresos de la Hacienda extraordinaria. Consideración especial de la deuda pública.

98.- El Derecho Tributario Español. Significado y principios inspiradores de la Ley General Tributaria.

99.- Infracciones y sanciones tributarias. Gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa.

100.- El sistema tributario español vigente. Principios estructurales. Imposición directa e indirecta.

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