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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114,
118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la permuta de un local de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga), por otro propiedad de la entidad "Mijas Paraíso, SA.", a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de marzo de 1990, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Local almacén en planta primera del edificio Mijas Paraíso en término de Mijas, C/ Virgen de la Peña, de 302 m2. que no tiene iluminación, siendo un verdadero sótano. Forma parte de la finca registral número
30.125 procedente de una cesión de locales de 538 m2. que en la actualidad se destinan a Patronato Municipal de la vivienda, Biblioteca Municipal y este resto en sótano de 302 m2. La valoración es de 12.800.000 ptas. (a 42.384 ptas. el m2.).
PROPIEDAD PARTICULAR
Local comercial propiedad de "Mijas Paraíso, SA" situado en la planta segunda del edificio Mijas Paraíso, en término de Mijas, C/ Virgen de la Peña, de 113,03 m2. que por la configuración del edificio es un local en planta baja con entrada por C/ Ramón y Cajal. Dicho local se segregará de la finca registral número 27.707 gravada con una hipoteca que será cancelada al formalizar la escritura pública de permuta. La valoración es de 14.128.750 ptas. (a 125.000 ptas. el m2.).
Sevilla, 28 de noviembre de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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