Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 12/12/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 4 de diciembre de 1991, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, con fecha 1 de abril de 1991.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 158/1989, seguido a instancia de la Sociedad "Viajes Playa de Oro, SA.", la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, ha dictado Sentencia que es firme, con fecha 1 de abril de 1991, cuya parte dispositiva literalmente dice:

"Fallo: Estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Don Rafael García Valdecasas y García Valdecasas en nombre y representación de "Viajes Playa de Oro, SA." contra la resolución de la Consejería de Fomento y Trabajo, de 21 de octubre de 1988 que, desestimando la alzada, confirmó otra de 30 de junio del mismo año de la Delegación Provincial de la Consejería en Málaga, que imponía a la actora una sanción de multa de 25.000 pesetas, por una infracción en materia de turismo, debemos revocar y revocamos el mencionado acto por no estar ajustado al Ordenamiento Jurídico y en su consecuencia se dejan sin efecto la sanción impuesta, sin hacer declaración sobre costas". En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 9 de enero de

1991, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de diciembre de 1991.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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