Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 24/12/1991

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE OLIVARES (SEVILLA)

ANUNCIO de bases que han de regir para la provisión en propiedad de una plaza de Arquitecto Superior vacante en la plantilla de este Ayuntamiento. Sistema de acceso: oposición. Turno libre.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Primera: Objeto de la convocatoria.- Provisión en propiedad de una plaza de Arquitecto Superior de esta Corporación, encuadrada en el Grupo A, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, con una dedicación, del 50% de la jornada de trabajo, con el sueldo, trienio, pagas extraordinarias y retribuciones complementarias fijadas por la legislación vigente.

Sistema selectivo: oposición. Turno libre.

El aspirante que resulte seleccionado deberá comprometerse a ocupar la plaza o tiempo completo cuando, previa consignación presupuestaria, el Ayuntamiento Pleno acuerde elevar dicha plaza a dedicación de jornada normal.

Caso de producirse esta circunstancia, el Ayuntamiento no declarará esta plaza como de dedicación exclusiva.

Segunda. Requisitos que han de reunir los aspirantes.- Los requisitos que han de reunir los aspirantes referidos todos ellos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias, son:

a) Ser español.

b) Tener cumplido los dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez para la jubilación forzosa.

A los efectos de edad máxima para su ingreso, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente en la Administración pública, cualesquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c) Estar el posesión del título de Arquitecto Superior, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del Estado, Administración Local o Ente Autónomo ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal ejercicio de la función.

f) No hallarse incurso en incapacidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente.

Tercera: Instancia.- Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar bajo su responsabilidad que reunen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior, se dirigirán a AAs. el Alcalde Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, debidamente reintegradas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente en que aparezca el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. De esta convocatoria se dará publicidad integra mediante publicación en el BOP y BOJA, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y por cualquier otro medio que se considere conveniente.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determine el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ~

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determine el Cuarta: Derechos de examen.- Se establecen unos derechos de examen de

3.000 ptas., que serán satisfechos por lo aspirantes mediante ingreso directo, o giro postal o telegráfico, en la Tesorería Municipal, o en cta., cte., a nombre del Ayuntamiento en el Banco Exterior de España, Oficina de Olivares.

En cualquier caso la instancia solicitando tomar parte en la oposición deberá acompañarse necesariamente del resguardo de haber ingresado los derechos de examen.

Quinta: Admisión.- Terminado el plazo de presentación de instancia y en el término máximo de un mes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el BO de la Provincia (BOP) y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, a los efectos de que pueden presentarse cuantas reclamaciones se estimen oportunas, dentro del plazo de quince días siguientes al de la publicación en el BOP.

Asimismo, conforme a lo establecido en el art. 71 de la vigente Ley de procedimiento Administrativo, se abre un plazo de subsanación de errores de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la lista provisional en el BOP.

Sexta: Tribunal Calificador.- El Tribunal que ha de juzgar la oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante del Profesorado Oficial, designado por el Instituto de Estudios de Administración Local.

Un representante designado por la Junta de Andalucía.

Una técnico de igual especialidad designado por el Presidente de la Corporación.

Una representante del Colegio Oficial respectivo.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 20 de la vigente LPA. Los aspirantes podrán recusarlos conforme a lo previsto en el artículo 21 de la misma Ley.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, que se limitarán exclusivamente a prestar el Tribunal el asesoramiento técnico propio de su especialidad.

El Tribunal no podrá constituirse ni efectuar sin la asistencia de, al menos, al mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente. Tendrá competencia y plena autoridad para resolver c cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en estas Bases. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

Séptima.- Comienzo de ejercicios.- La fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición se anunciará, al menos, con quince días de antelación en el BOP y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En todo caso el desarrollo de los ejercicios no se producirá con anterioridad al 31 de agosto de 1992.

Los aspirantes serán convocados para cada una de las pruebas en llamamientos único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, que será apreciada libremente por el Tribunal.

Cualquier miembro del Tribunal podrá requerir a los opositores que acrediten su personalidad.

Las pruebas en que los aspirantes tengan que actuar individualmente comenzarán por aquel cuyo apellido se inicie por la letra P. según sorteo realizado al efecto por la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas en 1991.

Octava: Pruebas a superar.- La oposición constará de los siguientes ejercicios de carácter obligatorios y eliminatorios:

Primero: Desarrollo por escrito, durante un plazo máximo de tres horas de dos temas, entre cuatro, escogidos al azar, dos del grupo de materias comunes, debiendo desarrollar uno; y los dos restantes del Grupo I de temas específica.

Segundo: Desarrollo por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas de dos temas entre cuatro elegidos al azar. Dos entre lo comprendidos en el programa de temas específicos Grupo II, debiendo desarrollar uno: los otros dos se eligirán del Grupo III.

Tercero: Práctico escrito. Redacción en un tiempo máximo de tres horas, de dos supuestos prácticos, a determinar por el Tribunal, en relación con las materias que se contienen en los grupos I al III de los temas específicos del programa de la convocatoria.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales, de los que vengan provistos.

Los dos primeros ejercicios serán leídos por los Sres. aspirantes en sesión pública convocada oportunamente por el Tribunal, debiendo atenerse estrictamente a lo que consta por escrito, que podrá ser comprobado en todo momento por el Tribunal.

Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas y máximo de veinte días.

El plazo mínimo podrá reducirse cuando los aspirantes, que deban concurrir a la siguiente prueba o trámite, manifiesten por escrito dirigido al Tribunal su deseo de obviar el plazo. Resolviendo el Tribunal lo que oportunamente considere.

Novena: Calificación.- Los ejercicios se puntuarán de cero a diez, siendo necesario para superarlos obtener una puntuación mínima de cinco puntos.

La calificación de cada uno de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada miembro del Tribunal entre el número de los mismos. No se considerarán las puntuaciones máxima y mínima de los miembros del Tribunal que arrojen una diferencia superior a tres puntos.

Finalizada la calificación de cada ejercicio se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la lista de los aspirantes que la hayan superado con expresión de su puntuación.

Décima: Relación de aprobados.- Finalizada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de aprobados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Seguidamente elevará a la Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento en fase de prácticas.

Undécima: Presentación de documentos.- Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a hacerse pública la lista de aprobados, los documentos acreditativos de cumplir las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigieron el base segunda.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad. En este caso SSa. el Alcalde resolverá el nombramiento a favor del aspirante que habiendo aprobado todos los ejercicios de la oposición figure en el puesto inmediato inferior en el orden de calificación.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que presenten certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Duodécima: Período de práctica.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, SSa. el Alcalde procederá mediante Resolución al nombramiento, como funcionario en prácticas, del aspirante propuesto.

La fase de prácticas abarcará un periodo de seis meses. El último día hábil del quinto mes el funcionario deberá presentar una memoria detallada de todas sus actuaciones, informes y trabajos, realizados juntamente con una propuesta, igualmente detallada, de la organización de los servicios, dependencias o trabajos bajo su responsabilidad.

Dicha memoria será calificada por el propio Tribunal, encargado de juzgar la oposición, convocado al efecto dentro del cuarto y último mes de prácticas, que se pronunciará con la calificación de superada o no superada la fase de prácticas.

Los aspirantes que no superen el periodo de prácticas, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante Resolución motivada de SSa. el Alcalde, previo informe de Secretaría General.

Decimotercera: Nombramiento de Funcionario de Carrera.- Superado el periodo de prácticas el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento definitivo como funcionario de carrera, debiendo tomara posesión en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Si no tomare posesión en tal plazo, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

Decimocuarta: Normativa aplicable.- La realización de la oposición libre convocada se regirá por las presentes Bases, y en lo no previsto en ellas por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984, de

2 de agosto; RD. 896/1991, que establece las Reglas Básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por RD.

2223/1984 de 19 de diciembre, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Decimoquinta: Impugnación de la bases.- La presentes bases y su anexo, ajustadas a lo dispuesto en el RD. 896/1981 de 7 de junio, son susceptibles de impugnación por los interesados, en los casos y en la forma previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de Julio de 1958.

Diligencia de aprobación.- La presentes bases y su anexo han sido aprobados por el Pleno de la Corporación en sesión de 27 de noviembre de 1991.

Olivares, 2 de diciembre de 1991.

MODELO DE INSTANCIA

D. _______________________________________________________________________ mayor de edad, con DNI, nº ______________________________, domiciliado en ____________________________, y a efectos de notificaciones en ___________ ____________________________:

SOLICITA

Ser admitido como aspirante en el proceso de selección para cubrir plaza de Arquitecto Superior, haciendo constar expresamente que reune todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda que rigen la convocatoria.

Acompaña resguardo de ingreso de 3.000 pts. a favor del Ayuntamiento de Olivares como derechos de examen.

Fecha y firma

TEMARIO DE ARQUITECTO SUPERIOR

Temas comunes

1.- El Estado. Concepto. Elemento. La Constitución Española de 1978: principios generales. Título preliminar.

2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías. Suspensión. El Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo Andaluz.

3.- La Jefaturas del Estado: la Corona. El Poder Legislativo. El Poder Judicial.

4.- El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5.- Organización territorial del Estado. Sistema de competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

6.- El sistema de fuentes del Derecho Administrativo tras la Constitución de 1978. Los principios de jerarquía y competencias.

7.- Principios constitucionales del Régimen Local español. La autonomía local. Las entidades locales. Clases y potestades.

8.- La Provincia: concepto, organización y competencias. La comarca. Las Areas metropolitanas. Las Mancomunidades.

9.- El Municipio. Concepto. Elementos. Alteraciones y deslinde de términos municipales. Organización y competencias de los municipios con población superior a 5.000 habitantes. Funcionamiento de los Entes Locales.

10.- El Administrativo. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. Los interesados en el procedimiento administrativo. El deber de abstención y la recusación., Derechos y deberes de los ciudadanos en el ámbito municipal. Información y participación ciudadana.

11.- El acto administrativo. Concepto. Clases. Elementos. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento. Procedimiento de ejecución. El procedimiento sancionador.

12.- Los contratos administrativos. Concepto. Clases. Formas de contratación. Resolución, rescisión, denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Peculiaridades del Régimen Local.

13.- Los bienes de los Entes Locales. El dominio público. El Patrimonio privado de la administración. Adquisición y enajenación de bienes inmuebles. Peculiaridades del inventario de bienes inmuebles. La potestad de investigación y deslinde de los bienes.

14.- Formas de actividad administrativa. Policía. Fomento. Servicio Público.

15.- La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. Procedimientos expropiatorios. Expropiaciones especiales.

16.- La responsabilidad de la Administración. Delitos de los funcionarios en el ejercicio de sus cargos.

17.- La Función Pública Local. Derechos y deberes de los funcionarios. La MUNPAL.

18.- Los Presupuestos Locales. Clasificación de los ingresos. El gasto público local.

19.- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Las Contribuciones Especiales. Regulación general y específica en Olivares.

20.- Gasto corriente y gasto de inversión en la administración pública local. Principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía y equidad aplicables al gasto público local. Repercusiones de estos principios en la oficina técnica.

21.- Las organizaciones. Tipo de organizaciones. La organización científica del trabajo. Aportaciones de Taylor y Fayol. Racionalización de procesos y métodos. La planificación. Concepto. Importancia. Clases. Contenidos. Ventajas e inconvenientes.

22.- La dirección de las organizaciones. Autoridad, comunicación y eficacia. El mando. Estilos de mando. La adopción de decisiones. La comunicación en las organizaciones: producción y circulación de informes; redes de comunicación y de relación. Peculiaridad de los órganos de gobierno municipal: obligatorios, complementarios. Régimen de delegación y avocación.

23.- El diagrama de Pert. Aplicación a la administración pública. Técnicas presupuestarias: Presupuesto base cero. Presupuesto por programas. La teoría de los sistemas y la administración pública. Temas específicos

GRUPO I

1.- Clasificación de las obras. Obras completas y obras fraccionadas. El contrato de obras: concepto y normativa aplicable. Antecedentes: Planificación, programación y presupuestación. Anteproyectos y proyectos de obras: Redacción y supervisión. El expediente administrativo de contratación: peculiaridades en el régimen local.

2.- Los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación. Documentación de que deben componerse. Factores a considerar en la memoria. Los planos y las prescripciones Técnicas particulares.

3.- Cálculo de los precios de las distintas unidades. Costos directos e indirectos. Presupuestos de ejecución material y presupuesto de ejecución por contrata. Presupuesto básico y presupuesto general. Programa de trabajo.

4.- Proyectos de obras de reparaciones menores y de conservación. Unidades de obra de imposible determinación. Fijación y utilización de la posible imprevisión.

5.- El contratista. Supuestos de incapacidad e incompatibilidad para contratar. Formalización del contrato de obras: actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Pliegos de cláusulas: generales; particulares. Pliegos de cláusulas técnicas.

6.- Ejecución del contrato de obras. Replanteo. Suspensión del inicio de las obras. Cumplimiento de los plazos. Plazo total y plazos parcial. Las prórrogas. Potestades de la administración.

7.- Especial referencia a la potestad de modificación. Modificaciones de obras y proyectos complementarios. Diferencia entre modificaciones e incremento de las mediciones. Suspensión o reducción de las unidades de obras. Introducción de unidades nuevas. Límites cuantitativos de la modificación. Sus consecuencias.

8.- Obras accesorias o complementarias. Límites para su adjudicación al contratista de la principal. Responsabilidad por defectos o improvisión imputable al autor del proyecto. Las modificaciones no autorizadas. Responsabilidad de Autoridades. Funcionarios y Empresarios.

9.- Derechos y obligaciones de los contratistas. Abonos al contratista. Lo que se debe abonar y forma de abono. Abono a cuenta de operaciones preparatorias. Suspensión temporal de las obras. Suspensión por más de un año. El desistimiento.

10.- La recepción provisional de las obras. La liquidación provisional Incrementos posibles. El plazo de garantía. La recepción definitiva. Liquidación definitiva. Arruinamiento de las obras con posterioridad a la recepción definitiva.

11.- Ejecución de las obras por la propia Administración. Supuestos en que procede. Elaboración de los proyectos de obras a ejecutar por la propia Administración. Obras de emergencia. La colaboración de empresarios particulares. Modalidades.

12.- Reconocimiento y comprobación de las obras ejecutadas por la Administración. Trabajo ordinarios y permanentes de conservación. Liquidación de las obras ejecutadas por la Administración por el sistema de coste y costas. Liquidación de las obras ejecutadas por unidades completas. La adquisición de materiales o primeras materias.

13.- El anteproyecto de explotación en el contrato de gestión de servicios. El pliego de cláusulas de explotación. Forma de adjudicación del contrato de gestión de servicios. Prescripciones técnicas en los contratos de suministros. Formas de adjudicación del contrato de suministros.

14.- Revisión de precios. Su procedencia en la contratación de los Entes Locales. Requisitos que han de concurrir. Límites exentos. topes y mora. Las fórmulas polinómicas. Las aplicación de la revisión de precios en los contratos de gestión de servicios y suministros.

15.- El Plan de Cooperación Económica del Estado a las Inversiones de las Entidades Locales. Encuesta de Infraestructuras y equipamientos locales. El Plan Provincial de Cooperación. Planificación plurianual de las inversiones. Peculiaridades de los proyectos de obras integrados en Planes Provinciales. Cuantía mínima del proyecto y régimen de financiación.

16.- Proyectos de obras integrados en el Plan de Empleo Rural. Peculiaridades, Financiación. Ejecución y control. Papel de las distintas administraciones públicas implicadas. Peculiaridades respecto al proyecto de obras de los Planes Provinciales de Instalaciones Deportivas y otros.

17.- Protección del Patrimonio Histórico Español. La Ley de 25 de junio de 1986: principios básicos. Obligaciones de los propietarios de bienes inmueble afectados. Realización de obras y demoliciones. Requisitos y autorizaciones. Conservación de zonas o restos arqueológicos. Organos de la Junta de Andalucía y competencias que tienen atribuidas en esta materia.

18.- La promoción inmobiliaria: tipología y funciones. La vivienda de protección oficial y de promoción pública. Normativa y reglamentación. La promoción privada. Viviendas en régimen de autoconstrucción.

19.- Los estudios de impacto ambiental. Normativa legal. Contenido. Trámite administrativo. Incidencia en el régimen de licencias.

GRUPO II

1.- La clasificación del suelo en municipios con planeamiento y sin él. Tipos de suelo. Superficie a incluir en cada clase. Salar.

2.- Tipología del planeamiento. Determinaciones. Documentación. Jerarquía normativa. Planes de ámbito superior al municipal. Funciones.

3.- Planes Generales. Concepto. Contenido. Objetivos específicos en cada clase de suelo. Determinaciones.

4.- Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento. Concepto. Clases. Objeto y finalidad. Determinaciones, Documentación. Aprobación. Procedimientos de revisión y modificación.

5.- Planes Parciales. Concepto. Supuestos para su formulación. Objetivos y determinación. Detalle de las peculiaridades de los Planes parciales de iniciativa particular. Acta de compromisos. Garantías. Suspensión de licencias.

6.- Estudios de Detalles. Peculiaridades de los Estudios de Detalle de iniciativa particular. Suspensión de licencias.

7.- Proyectos de Urbanización.

Recepción de obras e instalaciones derivadas de proyectos de urbanización. Problemática. Actuaciones necesarias para la ejecución de la garantía.

8.- Planes Especiales.

9.- El sistema de Compensación.

10.- El sistema de Cooperación.

11.- El sistema de Expropiación.

12.- Delimitación de Polígonos y Unidades de Actuación. Modificación. Modificación cuando la delimitación se realiza en las propias Normas Subsidiarias de Planeamiento. Areas de reparto de cargas y beneficios. La información urbanística.

12.- La Ley de Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo. Aplicabilidad al Municipio de Olivares. Estatuto de la propiedad del suelo en la Ley 8/1990.

13.- El aprovechamiento medio. El aprovechamiento tipo. Cesiones obligatorias y gratuitas: momento en que se produce; soporte documental; inscripción registral e inclusión en el inventario municipal.

14.- Las facultades urbanísticas y su adquisición progresiva. Publicidad.

Zonas de protección de carreteras. Limitaciones. protección.

15.- Patrimonio Municipal del Suelo. Constitución y delimitación. Suelo sobre el que puede operar. Operatividad del instituto expropiatorio en el Patrimonio Municipal del Suelo. Intervención de otras administraciones. Derechos de tanteo y retracto. Aplicabilidad en el Municipio de Olivares.

16.- Valoraciones. Valor inicial. Valor urbanístico. Cálculo. Suelos sobre los que opera el distinto régimen de valoraciones. Vigencia y revisión de las valoraciones.

17.- Expropiaciones forzosas. Requisitos y acreditación en el expediente. Procedimiento general. Procedimiento de urgencia. Justiprecio. Cálculo.

18.- La expropiación por razón de urbanización. La reversión.

19.- Licencias por razón de urbanismo. Actos sujetos. Clases de licencias Procedimiento. Silencio administrativo positivo y negativo. Efectos de las licencias.

20.- Inexistencia de licencia respecto de los actos de edificación y uso del suelo. Obras no amparadas por licencia. Parcela mínima edificable y otras limitaciones para la concesión de licencias en las Normas Subsidiarias de Planeamiento. Régimen general de las órdenes de ejecución.

21.- Reacción frente a las licencias ilegales. Rectificación de errores materiales. Extinción de las licencias. Responsabilidad patrimonial en materia de licencias. Licencias para actividades urbanísticas del Estado y Entidades de Derechos Públicos. Régimen de la CTNE y CSE.

22.- Licencias de usos y obras provisionales que no dificulten la ejecución de los planes. Licencias de edificación en suelo no urbanizable. Licencias en suelo no urbanizable. Normas específicas de las Normas Subsidiarias de Olivares. Licencias de obras sujetas a intervención de órganos del Estado por distintos fines.

23.- Ruina. Concepto y clases. Expediente contradictorio de ruina. Ruina inminente. Responsabilidad de lo particulares y de la administración. Contenido de los informes técnicos en materia de ruina.

24.- Disciplina urbanística. Procedimiento sancionador en materia urbanística.

25.- Licencias para el ejercicio de actividades sujetas al Reglamento de Actividades Molestas. Insalubres. Nocivas y Peligrosas. La inspección previa a la apertura. Peculiaridades de las licencias urbanísticas vinculadas a estas actividades.

26.- Licencias de actividades sujetas al Reglamento General de Policía de Espectáculos. Administraciones actuantes y competencias. Actuación de la oficina técnica. Peculiaridades que presentan el documento de licencia en estos casos. Peculiaridades de las licencias urbanísticas vinculadas es estas actividades.

GRUPO III

1.- Reconocimiento y diagnóstico de la rehabilitación.

2.- Análisis de las patologías de fachada. Causas y manifestaciones. Limpieza y restauración de fachadas.

3.- Restauración de elementos metálicos y carpinterías.

4.- Patología y conservación de los distintos tipos de pavimentos.

5.- Rehabilitación de cubiertas. Patologías. Condiciones de habitabilidad.

6.- Metodología de reparación de cubiertas. Impermeabilización.

7.- Muros de carga y de cerramiento. Rehabilitación.

8.- Conservación de cerramientos.

9.- La piedra en la obra de fábrica. Patología, consolidación y limpieza.

10.- Precauciones tras el análisis de ruinas. Fisuras y grietas.

11.- Estructuras.- Patologías y soluciones.

12.- Cimentación. Patología y soluciones. Recalzos.

13.- Control de calidad en la rehabilitación.

14.- Protección contra incendios. Normativas generales y específicas. Condiciones urbanísticas generales y específicas del edificio y su entorno ente el incendio.

15.- Instalaciones y materiales en la protección contra incendios. Comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos. Resistencia al fuego. Clasificación. ingnifugación de materiales. Tratamiento d e ingnifigación.

16.- Lugares, recintos e instalaciones destinados a espectáculos y recreo públicos. Ambito de aplicación de la reglamentación vigente. Condiciones exigibles a la construcción o transformación de edificios y locales cubiertas.

17.- La protección del medio ambiente urbano contra la emisión del ruidos. Estudios acústicos. Niveles admisibles. Tratamiento del ruido en locales de pública concurrencia. Compatibilidad con el uso residencial.

18.- El uso industrial en el Municipio de Olivares. Evolución y configuración actual. Regulación del uso industrial en las Normas Subsidiarias de Olivares. Recomendaciones de futuro. Tratamiento del ruido en las instalaciones industriales insertas en zonas residenciales. Protección contra el fuego.

19.- El uso terciario en el Municipio de Olivares. Evolución y configuración actual. Regulación en las Normas Subsidiarias de Olivares. Clasificación. Condicionantes técnicos y de emplazamiento. Recomendaciones de futuro. Tratamiento del ruido en estas instalaciones. protección contra el fuego.

20.- Dotación de equipamiento deportivo necesaria para el Municipio de Olivares. Instalaciones deportivas de Base. Piscinas. Pabellones cubiertos. Peculiaridades de los proyectos de obras.

21.- Dotación de equipamiento cultural necesario para el Municipio de Olivares. Instalaciones de cine o Teatro Municipal. Peculiaridades de los Proyectos de obras. Aprovechamiento para usos múltiples.

Dotación de espacios libres. Dotación de mobiliario urbano. Utilización racional del espacio. Estructura y configuración para usos múltiples.

22.- Calidad e Higiene en los edificios y locales. Peculiaridades en los establecimientos de uso público. Establecimientos privados abierto al público. Condiciones dotacionales, ambientales y de seguridad.

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