Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 24/12/1991

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Otros. AYUNTAMIENTO DE FUERTE DEL REY (JAEN)

EDICTO. (PP. 1483/91).

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D. Esteban Cara Bueno-Presidente del Ayuntamiento de Fuerte del Rey (Jaén).

Hace saber: Que el Pleno de la Corporación Municipal con fecha 28 de octubre de 1991, adoptó el acuerdo que sigue:

2º. Convenio de Recaudación y Gestión Tributaria con la Excma. Diputación Provincial.

Se da cuenta del escrito del Diputado-Delegado, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Jaén, referido a la delegación de la gestión tributaria del IBI, vista el expediente incoado y

Resultando:

1º. Que hasta la fecha las tareas de Gestión Tributaria vienen siendo ejercidas por el Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de la Delegación de Hacienda de Jaén.

2º. Que, por imperativo legal, a partir del próximo día 1 de enero de

1992, esa gestión ha de ser asumida por el propio Municipio, que, en su caso, puede delegar dichas funciones en la Comunidad Autónoma o en otras Entidades Locales en cuyo territorio esté integrado aquél.

3º. Que, esta corporación carece de los medios técnicos, humanos y materiales para asumir con plenas garantías las facultades que al S respecto la Ley Reguladora de Haciendas Locales le atribuye. Considerando:

1. Que de conformidad con el art. 106 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, "Las Entidades Locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributo de acuerdo con lo previsto en la legislación del Estado...".

2. Que el párrafo tercero de ese mismo artículo atribuye a las Entidades Locales las competencias de Gestión, Recaudación e Inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que puedan acordar a favor de Entidades Locales de ámbito superior.

3. Que el artículo 7 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre Reguladora de las Haciendas Locales, prevé la posibilidad de delegación en las Diputaciones Provinciales las facultades atribuidas en principio al Municipio en cuanto a la Gestión, Liquidación e Inspección y Recaudación Tributarios.

Vistos los preceptos legales citados y los de general aplicación, así como el informe de Secretaría-Intervención, el Pleno de la Corporación Municipal, por unanimidad de sus asistentes, acuerda: Delegar en la Diputación Provincial de Jaén la Gestión, Liquidación, Inspección y Recaudación del Impuesto de Bienes Inmuebles, a cuyo efecto se faculta la Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación para la firma del convenio presentado por la Excma. Diputación Provincial, procediéndose a publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Comunidad Autónoma para general conocimiento.

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo establecido en el art. 7 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.

Fuente del Rey, 31 de octubre de 1991

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