Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 31/12/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de diciembre de 1991, por la que se concede una subvención al Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental, por importe de quinientas noventa y seis mil ochocientas setenta y cinco pesetas.

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Ilmos. Sres.:

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, en el marco de sus competencias, incluye entre sus objetivos la difusión y potenciación de actividades relacionadas con la Arquitectura y la Vivienda, apoyando en consecuencia aquellas iniciativas que se produzcan en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

El Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental realiza, en la Demarcación de Córdoba, un "curso de Verano de arquitectura de Priego

1991" con el que se pretende que unos grupos de estudiantes de arquitectura conozcan lugares de España de importancia, bien por su patrimonio histórico o por su paisaje. Durante este curso, se realizarán unos ciclos de conferencias a los que asistirán los alumnos de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla y las personas que lo deseen. Considerando el interés de dicha iniciativa, visto el expediente instruido por la Secretaría General Técnica a instancias de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y en base a la Orden de 12 de junio de 1991, por la que se regula la concesión de subvenciones para estas actividades, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el artículo 19 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el para esta Consejería en el ejercicio 1991 se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se concede una subvención por importe de quinientas noventa y seis mil ochocientas setenta y cinco (596.875 ptas.) pesetas al Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental para la realización del "Curso de Verano de arquitectura de Priego 1991".

Segundo. La Entidad beneficiada deberá presentar con carácter previo al abono de la subvención, certificación acreditativa de los gastos devengados por la actividad para la que se ha destinado la misma, según lo establecido en el artículo 53 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

Lo que comunico a VVII para su conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 18 de diciembre de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.

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