Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 31/12/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de diciembre de 1991, por la que se concede una subvención a la Universidad de Verano Antonio Machado, de Baeza, por importe de cuatro millones quinientas mil pesetas.

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Ilmos. Sres.:

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, en el marco de sus competencias, incluye entre sus objetivos la difusión y potenciación de actividades relacionadas con la Arquitectura y la Vivienda, apoyando en consecuencia aquellas iniciativas que se produzcan en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

La Universidad de Verano "Antonio Machado" viene celebrando desde el año

1986 un curso sobre arquitectura en donde se han dado cita prestigiosos profesores y se han presentado proyecto de gran significación en el campo arquitectónico.

Para el presente año, la Universidad de Verano "Antonio Machado" desea continuar la celebración del citado curso y propone organizar un nuevo titulado: "Tipología arquitectónica del siglo XVI español", que se justifica al ser Baeza uno de los enclaves de estas tipologías arquitectónicas.

Considerando el interés de dicha iniciativa, visto el expediente instruido por la Secretaría General Técnica a instancias de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y en base a la Orden de 12 de junio de 1991, por la que se regula la concesión de subvenciones para estas actividades, y en virtud de las facultades atribuidas por el art. 39 de la ley de Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el art. 19 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para esta Consejería en el ejercicio 1991, se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se concede una subvención por importe de cuatro millones quinientas mil (4.500.000 pts.) pesetas, a la Universidad de Verano "Antonio Machado", de Baeza, para la realización de los cursos: "Tipología arquitectónica del siglo XVI español" y "VI curso de arquitectura".

Segundo: La Entidad beneficiada deberá presentar con carácter previo al abono de la subvención, certificación acreditativa de los gastos devengados por la actividad a la que se ha destinado la misma, según lo establecido en el art. 53 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Lo que comunico a VVII para su conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 18 de diciembre de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.

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