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Mediante de Certificación de acuerdo adoptado por ese Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 1990, se da cuenta de la tramitación y aprobación de cesión gratuita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de dos fincas de propiedad municipal de 2.250 m2 y 1.258 m2 respectivamente, sitas en La Longuera, para la construcción de viviendas de promoción pública. Según se indica en la certificación antes citada, en el Expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 79.2 del R.D. Legislativo 781
86 de 18 de abril, y
109 y ss. del Reglamiento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la cesión gratuita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de dos fincas de propiedad municipal de 2.250 m2 y 1.258 m2 respectivamente, sitas en La Longuera, para la construcción de 50 y 25 viviendas de promoción pública, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 1990.
Cádiz, 10 de enero de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
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