Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 15 de enero de 1991, del Consejo de Gobierno, por la que se ejecuta la sentencia de 13 de diciembre, de 1989, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.

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D. Eduardo Gallego Teruel, funcionario con destino en el Centro de Investigaciones y Desarrollo Agrario de Granada, interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 3 de junio de 1987, por el que se resolvió el nombramiento de los funcionarios de la Consejería de Agricultura y Pesca, siendo destinado el recurrente a Lora del Río, en lugar de ser confirmado en el puesto que desempeñaba en la Escuela de Capacitación Agraria de Granada, obtenido por concurso de méritos.

Con fecha 13 de diciembre de 1989, la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, dictó Sentencia Disponiendo la anulación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 3 de junio de 1987, en cuanto al destino del recurrente a la localidad de Lora del Río. En su virtud, de conformidad con lo previsto en los Artículo 103 y 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, a propuesta de la Consejería de Gobernación el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de enero de 1991,

RESUELVE

Primero. Dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, de fecha 13 de diciembre de 1989, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 1776/87, cuyo fallo es el siguiente tenor literal:

"Que rechazando la causa de inadmisibilidad aducida y estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dña. M. Victoria Shiaffino Cano en nombre de D. Eduardo Gallego Teruel contra la Resolución de la Junta de Andalucía de 3 de junio de 1987 que dispone su destino en Lora del Río, debe anular la citada Resolución por no resultar la misma ajustada a Derecho. Sin que haya lugar a expresa imposición de costas".

Sevilla, 15 de enero de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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