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Iltmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo núm. 3516/86 seguido a instancia de Don Francisco Ponce Mena contra Resolución del Excmo. Sr. Consejero de fecha 21 de octubre de 1986 desestimatoria en alzada contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Cádiz de
26 de febrero del mismo año imponiendo Sanción V.P.O., ha sido dictada Sentencia por la antigua Excma. Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 28 de enero de 1989 en cuya parte dispositiva, literalmente dice: Desestimar el recurso interpuesto por el Procurador Sr. Díaz Valor, en nombre de D. Francisco Ponce Mena, contra Resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de 21 de octubre de 1986, desestimatoria de alzada contra otra de la Delegación Provincial de la Consejería de Cádiz de 26 de febrero del mismo año, que le impuso la multa de cincuenta mil pesetas, por no ser conforme con el ordenamiento jurídico.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el art. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 27 de febrero de 1991
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Iltmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda, Delegado Provincial en Cádiz.
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