Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 8/3/1991

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de febrero de 1991, por la que se nombran con carácter definitivo funcionarios en prácticas a los opositores que han superado las fases del concurso-oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 14 de abril de 1990 para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía en los Cuerpos de Profesores Especiales y Auxiliares de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela Superior de Canto, Profesores de Entrada de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas.

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Ilmo. Sr.:

Habiéndose convocado por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 14 de abril de 1990 (BOJA del 20) pruebas selectivas para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía en los cuerpos de Profesores Especiales y Auxiliares de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela Superior de Canto, Profesores de Entrada de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas, esta Econsejería ha tenido a bien disponer:

Primero. Nombrar con carácter definitivo funcionarios en fase de prácticas de los Cuerpos antes indicados, a los opositores que figuraban en la Orden de 22 de agosto de 1990 (BOJA de 7 de septiembre) en los Anexos de la misma que a continuación se indican: Profesores de Entrada de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos : Anexo I.

Profesores Especiales de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela Superior de Canto: Anexo II.

Profesores Auxiliares de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela Superior de Canto: Anexo III.

Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas: Anexo IV.

Segundo: El nombramiento como funcionarios en prácticas, surtirá efectos económicos y administrativos a partir de la fecha en que hayan tomado posesión de sus destinos provisionales.

Tercero: Aquellos opositores que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración, como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, deberán formular opción por la percepción de las remuneraciones, durante el período de nombramiento como funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/86 de 10 de febrero (BOE de 6 de marzo).

Cuarto: Por la Dirección General de Personal se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Quinto: Contra la presente Orden podrán interponer los interesados, recurso de reposición ante la Consejería de Educación y Ciencia en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo

126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 18 de febrero de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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