Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 15/3/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 18 de febrero de 1991, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor del yacimiento arqueológico de Bayyana, en Pechina (Almería).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico,

Esta Dirección General, ha acordado:

1. Tener por incoado expediente de declaración de Zona Arqueológica, como Bien de Interés Cultural, a favor del yacimiento arqueológico de Bayyana, en Pechina (Almería), cuya descripción figura en el anexo a la presente disposición.

Con objeto de proteger este yacimiento, de gran interés arqueológico, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran en el anexo a la presente disposición.

2. Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3. Hacer saber al Ayuntamiento de Pechina (Almería) que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

4. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en el BOE.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 18 de febrero de 1991.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO

DESCRIPCION DE LA ZONA ARQUEOLOGICA

El yacimiento arqueológico de Bayyana se encuentra situado en el término municipal de Pechina (Almería) en el paraje denominado Los Llanos de Benítez.

Los trabajos de excavación sistemática han documentado numerosas estructuras: necrópolis, calles, viviendas, y zona artesanal. La necrópolis ocuparía una gran extensión; la zona de vivienda presenta una variada tipología en las que la abundancia y riqueza de estructuras arquitectonicas y el material cerámico aparecido corroboran los datos aportados por las fuentes escritas que hablan de Bayyana como un gran centro artesanal y comercial durante la época del Emirato.

DELIMITACION LITERAL

La delimitación de la Zona Arqueológica coincide en su totalidad con las parcelas números 7c, 7d y 7j del polígono 10 y parcela núm. 18 del polígono 2 del catastro de rústica de Pechina. La superficie a declarar es de 51.768 m2. (5 hectáreas, 17 áreas, sesenta y ocho centiáreas).

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