Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 5/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 18 de marzo de 1991, por la que se subvenciona la operación del crédito contraída por la Diputación Provincial de Sevilla, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1990.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, de conformidad con el Decreto 200/1990, de 17 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1990, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art. 4º del Decreto citado y de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 200/1990, de 17 de julio.

En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art. 6º del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía del préstamo concertado, que se indican seguidamente:

Corporación Aportación Subv. Diput. Capital Local INEM Materiales Subvdo.J.A. =========================================================================.

ALBAIDA DEL ALJARAFE 1.794.000 667.000 517.992. ALCALA DEL RIO 4.482.210 2.241.105 1.740.442. ALMENSILLA 3.519.979 1.759.989 1.366.807. BRENES 16.890.401 8.445.200 6.558.542. CARRION DE LOS CESPEDES 10.768.030 5.384.015 4.181.226. CASTIBLANCO DE LOS Arroyos 3.000.000 1.500.000 1.164.900. CORONIL, EL 7.801.513 30900.756 3.029.327. ECIJA 8.075.000 4.037.500 3.135.523. ESPARTINAS 1.600.000 800.000 621.280. ESTEPA 17.949.770 8.974.885 6.969.896. GUILLENA 6.650.000 3.325.000 2.582.195. LEBRIJA 7.281.331 3.640.665 2.827.340. MARCHENA 3.150.000 1.575.000 1.223.145. MARINALEDA 10.877.253 5.438.626 4.223.637. OSUNA 9.855.433 4.927.716 3.826.864. PALACIOS Y VILLAFRANCA 12.376.850 3.267.002 2.537.154. PARADAS 2.343.127 1.171.563 909.836. PILAS 14.446.248 7.223.124 5.609.478. PUEBLA DE CAZALLA 16.706.582 8.353.291 6.487.166. RUBIO, EL 15.318.246 7.659.123 5.948.075. SAN JUAN DE AZNALFARACHE 850.000 425.000 330.055. SANLUCAR LA MAYOR 3.720.982 1.634.041 1.268.996. TOCINA 1.260.851 630.425 489.588. UTRERA 15.960.276 7.980.138 6.197.375. VILLAFRANCO 31.559.482 15.779.741 12.254.547. VILLAMANRIQUE DE LA C. 3.927.888 1.963.944 1.525.199.

TOTAL 232.165.452 112.704.849 87.526.585

2º. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un periodo de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés del 13,50%.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán amortizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3º en relación con el

2º y siguientes del Decreto 200/1990, de 17 de julio, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, al Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de la citada provincia y al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 18 de marzo de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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