Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 9/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 6 de febrero de 1991, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), por importe de un millón de pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo (art. 1ºB).

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Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de Medina Sidonia, sobre subvención para las "Obras de Urbanización por Convenio Urbanístico en Las Canteras", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de inversión en obras o servicios, recogidas en el artículo 1ºB) del citado Decreto. Considerando que dicha petición supone una inciativa de especial interés para el Municipio, por lo que responde a las finalidades previstas en el Artículo 1º B del Decreto 117/89, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria.

Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Considerando que por virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de

1989, se faculta a esta Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta al artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades atribuidas en el Artículo 1º de la citada Orden de 2 de junio de 1989.

RESUELVO:

1º) Conceder al Ayuntamiento de Medina Sidonia la cantidad de 1.000.000 ptas., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2º) Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3º) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4º) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículo 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 6 de febrero de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

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