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Ante la presentación de las circunstancias previstas en el apartado A punto 7.1 de la Resolución de 9 de febrer de 1982, en la explotación porcina "Huerta Franco" propiedad de El Cerro S.A. con nº de registro municipal 6 del término de Carmona (Sevilla). Vistos los informes preceptivos y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 21 de octubre de 1980, apartado I punto tercero, la Resolución de 9 de febrero de 1982 apartado A punto 7.1 y apartado B punto 1 y la Orden de 31 de mayo de 1985 punto 2 párrafo 2º, he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Real Decreto 3490/1981 de 29 de diciembre y el Decreto 144/1982 de 3 de noviembre a suspender temporalmente con fecha 5 de marzo del año en curso de la calificación sanitaria que disfrutaba.
Notifíquese la presente resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE de acuerdo con lo preceptúa el apartado B punto 2 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 5 de marzo de 1991.- El Director General, Gerardo de las Casas Gómez.
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