Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 12/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 8 de marzo de 1991, por la que se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de 18 de octubre de 1990, de la Sala de lo Contencioso-Administrativos de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, recaída en el Recurso núm. 645/89.

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En el recurso contencioso-administrativo nº 645/89, interpuesto por RIODISCO, S.A. contra Resolución de la Consejería de Gobernación de 23 de enero de 1989, sobre infracción a la normativa de juego, expediente nº

41/63/87, ha recaído sentencia el 18 de octubre de 1990 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallamos: Estimamos el recurso interpuesto por el Procurador D. Manuel Muruve Pérez en nombre y representación de "RIODISCO, S.A.", contra la resolución del Viceconsejero de Gobernación de la Junta de Andalucía de

23 de enero de 1989 (expediente sancionador nº 41/63/87) que, en consecuencia, dejamos sin efecto, por no ser ajustado a derecho, sin imposición de costas. En consecuencia, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdición Contencioso-Administrativo, ordena:

Primero. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se transcribe.

Segundo. El cumplimiento de la expresada sentencia en sus propios términos.

Sevilla, 8 de marzo de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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