Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 12/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de abril de 1990, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se concede una subvención de ochocientas mil pesetas al Ayuntamiento de Cárcheles (Jaén), para sufragar gastos ocasionados en la construcción muro de contención en C/ Mediodía de Cachelejos de Jaén.

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Visto el escrito que suscribe D. Antonio González Ruiz, en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cárcheles solicitando una subvención de ochocientas mil pesetas, para hacer frente a los gastos de Construcción Muro de Contención en C/. Mediodía de Carchelejo, acompañado el presupuesto total del mismo que asciende a ochocientas mil pesetas. Considerado que la referida obra está incluido entre las descritas en el apartado B del Decreto 117/89 de 31 de mayo, por el que se regulan los subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y aquellas Entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería. En uno de las facultades que me confiere lo dispuesto en la Orden de 2 de junio de 1989 del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación por la que se delega la facultad de conceder subvenciones a los Delegados de Gobernación.

RESUELVO:

Primero. Conceder al Ayuntamiento de Cárcheles la cantidad de quinientas mil pts. en concepto de Cosntrucción Muro de Contención en C/. Mediodía de Carchelejo, declarando la subvención específica por razón del objeto.

Segundo. El beneficiario de la subvención viene obligado de conformidad con lo dispuesto en los Artºs. 37, 38 y concordantes del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 149/88 (BOJA núm. 45 de 10 de junio de 1988), a remitir a esta Delegación en el momento de recepción de la transferencia de los fondos, certificación expedida por el Secretario Interventor de haber registrado en la contabilidad Municipal el ingreso de la subvención percibida con expresión del asiento contable practicado; y una vez realizada la obra o el suministro, en el plazo de un mes, desde la recepción de la misma, la correspondiente certificación final o facturas según proceda aprobadas por el órgano municipal competente y fiscalizadas por la intervención Municipal.

Jaén, 25 de abril de 1990.- El Delegado, Juan Torres Morales.

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