Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 12/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de junio de 1990, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se concede una subvención de un millón ochocientas veintinueve mil cuatrocientas setenta pesetas, al Ayuntamiento de Huesa (Comisión Gestora) de Jaén, para sufragar gastos ocasionados en la adquisición de vehiculos de usos múltiples.

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Visto el escrito que suscribe D. Tomás Moreno Pérez en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huesa (Comisión Gestoral), solicitando una subvención de un millón ochocientas ventinueve mil cuatrocientas setenta pesetas, para hacer frente a los gastos de adquisición vehículo usos múltiples, acompañando el presupuesto total de la misma que asciende a un millón ochocientas veintinueve mil cuatrocientas setenta pesetas. (1.829.470 pts.). Considerando que la referida obra está incluida entre las descritas en el apartado B del Decreto 117/89 de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y a aquellas Entidades sin ánimo de lucro q ue realizan actividades realacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta consejería. En uso de las facultades que me confiere lo dispuesto en la Orden de

2 de junio de 1989 del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación por la que se delega la facultad de conceder subvenciones a los Delegados de Gobernación

RESUELVO:

Primero: Conceder al Ayuntamiento de Huesa (Comisión Gestoral la cantidad de un millón de pesetas (1.000.000 pts.) en concepto de adquisición de vehículo de usos múltiples; declarando la subvención específica por razón del objeto.

Segundo: El beneficiario de la subvención viene obligado de conformidad con lo dispuesto en los Artºs. 37, 38 y concordantes del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 149/88 (BOJA núm. 45 de 10 de junio de 1988), a remitir a esta Delegación en el momento de recepción de la transferencia de los fondos, certificación expedida por el Secretario Interventor de haber registrado en la contabilidad Municipal el ingreso de la subvención percibida con expresión del asiento contable practicado; y una vez realizada la obra o el suministro, en el plazo de un mes, desde la recepción de la misma, la correspondiente certificación final o facturas según proceda aprobadas por el órgano municipal competente y fiscalizadas por la Intervención Municipal.

Jaén, 13 de junio de 1990.- El Delegado Juan Torres Morales.

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