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De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 y 8.2 de la Ley 1/1986, de
2 de enero, Electoral de Andalucía, la Mesa del Parlamento y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía han procedido a designar a los vocales que les corresponden a tenor de la referida normativa. En su virtu, y conforme a lo dispuesto en el artículo 8.3 de la citada Ley electoral, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de abril de 1991,
DISPONGO:
Artículo único. Vengo en nombrar vocales de la Junta Electoral de Andalucía a los siguientes señores:
Magistrados del Tribunal Superior de Justicia. Ilmo. Sr. D. Jerónimo Garvín Ojeda
Ilmo. Sr. D. Joaquín García Bernaldo de Quirós Ilmo. Sr. D. José Angel Vázquez García
Ilmo. Sr. D. Laureano Estepa Morián
Catedráticos o Profesores Titulares de Derecho. Ilmo. Sr. D. Gregorio Cámara Villar
Ilno. Sr. D. Emilio Pérez Ruiz
Ilmo. Sr. D. Enrique Seco Caro
Sevilla, 9 de abril de 1991
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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