Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 19/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 11 de abril de 1991, por la que se convocan ayudas con destino a la financiación de proyectos de investigación en materia de ordenación del territorio.

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Ilmos. Sres.:

Por Decreto 407/1990 se modifica la estructura orgánica de la Consejería, creándose la Dirección General de Ordenación del Territorio.

Corresponde a esta Dirección General, entre otras funciones, la definición y programación de la política de ordenación del territorio en el marco de la planificación regional, así como la elaboración y coordinación de estudios, y la programación y elaboración de la producción cartográfica, que mejoren el conocimiento e información de la realidad territorial de Andalucía.

En el cumplimiento de estas funciones, y con objeto de contribuir a la promoción y desarrollo de las actividades de investigación en Andalucía, se prevé la financiación de proyectos de investigación en las materias antes apuntadas.

Para ello, en virtud de lo establecido en el artículo 19 de la Ley 6/90 de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991 (BOJA de 31 de diciembre), a propuesta de la mencionada Dirección General, por esta Consejería se ha dispuesto.

Primero. La concesión de ayudas con destino a la financiación en materias de ordenación del territorio se ajustará a las normas establecidas en la presente Orden.

Segundo. Se convocan, para adjudicación por concurso, las siguientes ayudas:

Grupo 1.

Cuatro ayudas de 2.000.000 de pesetas cada una, destinadas a equipos de investigación o investigadores individuales, para la realización de proyectos referidos total o parcialmente a Andalucía, que representen una aportación del conocimiento de las características, funcionalidad y problemática de los diferentes sistemas territoriales, o contribuyan a definir el papel de éstos en la configuración y articulación del territorio regional.

Grupo 2.

Seis ayudas a 1.000.000 de pesetas cada una, destinadas a investigadores individuales, para la realización de proyectos relativos a la descripción de fondos cartográficos antiguos conservados en los archivos y bibliotecas de Andalucía.

Sin perjuicio de la libertad para la elección de temas, se considerarán de interés los siguientes:

Descripción detallada a nivel de un inventario referidos a las provincias de Jaén o Málaga.

Descripción a nivel de un inventario referido a la ciudad de Málaga. Descripción a nivel de Catálogo de depósitos localizados en instituciones de relevancia.

Tercero. Los participantes deberán poseer nacionalidad española y estar en posesión de titulación superior.

Cuarto. Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:

a) Instancia, según modelo adjunto (Anexo I).

b) Título/s superior/es o resguardo de haber hecho efectivo los derechos de expedición.

c) Datos académicos-profesionales de cada participantes.

1. Certificación académica, con detalle de calificaciones obtenidas.

2. Curriculum profesional.

d) Declaración/es jurada/s de no encontrarse incurso en alguna causa de incompatibilidad establecida en la Ley o en su caso, tener autorizada la compatibilidad.

e) Memoria del proyecto de investigación donde se expongan los objetivos generales de la investigación, metodología, planteamiento operativo, fases y calendario de realización.

f) Bibliografía y documentación de apoyo, así como experiencias identificadas inicialmente sobre el tema objeto de investigación.

g) Presentación e informe favorable de un científico o profesional de reconocida experiencia, no concursante, que avale y supervise el proyecto cuando el solicitante o solicitantes al Grupo 1 hayan finalizado sus estudios con posterioridad a 1986.

Quinto. Las solicitudes y decumentación requerida podrá ser entregada en mano o por correo postal certificado en sobre cerrado con lo indicación "Ayudas a la Investigación. 1991". Grupo... Dirección General de Ordenación del Territorio. Consejería de Obras Pública y Transportes. Plaza de la Contratación nº 3, 41071, Sevilla, hasta los catorce horas del día de marzo de 1991.

Sexto. El Jurado de selección estará compuesto del siguiente modo: Presidente, el Director General de Ordenación del Territorio; Vocales, el Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, los Directores Generales de Universidades e Investigación, Urbanismo, Carreteras, Transportes, Obras Hidráulicas y Arquitectura y Vivienda, y el Director del Plan Andaluz de Investigación; Secretario: un Jefe de Servicio designado por el Director General de Ordenación del Territorio.

Séptimo. El Jurado de selección, a la vista de los proyectos podrá optar entre adjudicar todas las ayudas, declarar desierta o incrementar el número de adjudicaciones de un grupo a costa del importe disponible en el otro. En todo caso, las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría y tomarán como referencia para la selección los criterios establecidos en el Anexo 2 de esta Orden. El Presidente tendrá voto de calidad y los resultados de las adjudicaciones serán firmes e inapelables.

Octavo. El fallo del Jurado de selección se hará público mediante insercción en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", y se notificará por correo certificado a los adjudicatarios. La documentación correspondiente a los proyectos no seleccionados se mantendrá a disposición de los concursantes, para ser retirada, durante los treinta días siguientes a la publicación en BOJA del fallo del Jurado.

Noveno. Los proyectos seleccionados deberán realizarse en el improrrogable plazo de un año, contado desde la publicación en BOJA de la adjudicación de la respectiva ayuda.

Décimo. La Dirección General de Ordenación del Territorio designará un coordinador para cada uno de los proyectos seleccionados; los adjudicatarios de las ayudas quedarán obligados a mantener continuado contacto con sus respectivos coordinadores, seguir sus indicaciones, y presentarle los informes pertinentes en función de las fases de realización previstas en la Memoria del Proyecto.

El contenido de los proyectos seleccionados podrá ser objeto de las modificaciones que se consideren necesarias en orden a la adecuación a los cometidos y programas asignados a esta Dirección General.

Decimoprimero. El adjudicatario deberá entregar original y dos copias debidamente encuadernadas del trabajo realizado, acompañadas cada una de ellas de un resumen de extensión comprendida entre cinco y diez páginas, a doble espacio, en el que de forma clara y concisa se refleje el contenido y principales aportaciones del trabajo realizado. Los trabajos se presentarán preferentemente en formato DIN A-4, y se mecanografiarán por una sola cara, la documentación gráfica contenida en el trabajo se presentasrá debidamente encarpetada y plegada, en caso de ser necesario.

Decimosegundo. El abono del importe de las ayudas se efectuará del siguiente modo:

a) El 20% (veinte por ciento) en el plazo de los treinta días siguientes a la notificación de la adjudicación.

b) El 50% (cincuenta por ciento) se distribuirá entre cada una de las fases de realización del proyecto previsto, previa certificación de conformidad del coordinador del trabajo.

c) El 30% (treinta por ciento) restante a la entrega del Proyecto y aceptación definitiva por el coordinador.

De estas cantidades se detraerán de oficio las cargas fiscales que correspondan.

Decimotercero. La Dirección General de Ordenación del Territorio, a propuesta del respectivo coordinador, podrá revocar la concesión de una ayuda si concurriera alguna de las siguientes causas:

a) Haber mediado falsedad u omisión de datos o información relevante en la documentación de la solicitud.

b) Que el adjudicatario no presente en tiempo y forma los informes solicitados por su respectivo coordinador del trabajo.

c) Falta de calidad y contenidos previstos en el proyecto inicial, según el informe del coordinador.

En tales casos, la Dirección General de Ordenación del Territorio, apreciadas las circunstancias concurrentes y las fases cumplidas del trabajo, podrá exigir al interesado la devolución total o parcial de las cantidades abonadas, que serán reintegradas al Tesoro Público, o la suspensión de los pagos pendientes.

Decimocuarto. Se faculta al Director General de Ordenación del Territorio para que, en ejecución de la presente convocatoria, pueda adoptar las medidas necesarias para su desarrollo, las cuales no afectarán en ningún caso el régimen básico establecido en la presente Orden.

Decimoquinto. Los concursantes, por el hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como los acuerdos que adopte el Jurado de Selección.

Decimosexto. Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de abril de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Ordenación del Territorio y Delegados Provinciales de la Consejería.

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIA

Ilmo. Sr.:

Don ...................................................................... de ..................... años de edad, con domicilio en .................. calle/plaza ................................ nº .......................... en posesión del título de .............................................. con D.N.I. nº ................................ (solo en caso de constituir Grupo de Investigador). En representación del Grupo Investigador constituido con D ........................................................ con D.N.I. nº ............... en posesión del título de ................ D ........................................................................ con D.N.I. nº ............... en posesión del título de ................

Ante V.I.

Expone: Que a la vista de la convocatoria de Ayudas a la Investigación que ha promovido esa Dirección General y se ha publicado en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº .......................... de fecha .................. considerando reunir los requisitos exigidos, acepta en todos sus términos las bases de dicha convocatoria, adjuntando la pertinente documentación, solicita la concesión de una auyda del Grupo ...................................................... para realizar una investigación sobre "..............................................."

Es por lo que de V.I.

Solicita: acepte la presente solicitud con su documentación aneja, y las somete a la consideración del Jurado de selección que V.I. preside.

En ..................... a ................ de ............ de 1991.

ANEXO 2

Criterios de calificación

I. Baremo

Concepto Puntuación

1. Datos académicos 1 a 3

2. Datos profesionales 0 a 5

3. Bibliografía 0 a 2

4. Memoria del proyecto 1 a 10

5. Interés y oportunidad del tema 0 a 10

II. Puntuaciones extremas.

Del precedente baremo, resulta una valoración mínima general de dos puntos, y máximo de 30.

III. Motivos de exclusión.

En relación con las candidaturas que se presenten en plazo y forma será motivo de exclusión automática: El incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados en la base 4ra., o recibir puntuación cero, en el concepto relativo a "interés y oportunidad del tema" objeto del respectivo proyecto de investigación.

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