Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 23/4/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 5 de abril de 1991, por la que se establecen normas para la autorización de ferias y certámenes comerciales, así como la concesión de subvenciones para la organización y promoción de las mismas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Consejería de Economía y Hacienda, a través del Programa de Ayudas que se establece en la presente Orden, regula un instrumento útil que persigue una mejora sustancial de la comercialización de productos, así como favorecer en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma el desarrollo de la actividad ferial.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 19º de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991,

DISPONGO:

Primero. La Consejería de Economía y Hacienda podrá conceder subvenciones para la promoción y organización de ferias, certámenes o muestras comerciales autorizadas que se celebren en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con las normas y condiciones que en esta Orden se establecen.

La concesión de ayudas estará supeditada a la existencia de crédito en las aplicaciones presupuestasrias que para tales fines figuran en el Presupuesto de la Junta de Andalucía.

Segundo. Podrán solicitar autorización para celebración de Ferias, Certámenes y Muestras y optar a las subvenciones mencionadas en el punto anterior, las Instituciones Feriales, Corporaciones Locales y otras Entidades Públicas así como las Asociaciones sin fin de lucro, en los términos y condiciones que se establecen en esta Orden.

Tercero. Las solicitudes de autorización para la celebración de Ferias, Certámenes o Muestras Comerciales y de petición de subvención, se presentarán en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, por triplicado, en un plazo no superior a treinta días naturales anteriores al inicio de la Feria y, necesariamente, en impresos normalizados que al efecto facilitará al propia Delegación y que se adjuntan como anexo a la presente Orden, acompañados de los documentos que se indican en los mismos.

Cuarto. Las subvenciones se concederán especialmente aunque no exclusivamente, para acciones de carácter promocional y plublicidad de la propia Feria.

El importe de la subvención se establecerá en función de la importancia comercial, social y económica que tenga el Certamen para la Comunidad Autónoma, de su categoría, superficie del recinto de exposición, número de expositores, duración del Certamen, tipos de productos a exponer y servicios que se prestan a los expositores.

Quinto. La Dirección General de Cooperación Económica y Comercio, a la vista dse la documentación presentada y de la disponibilidad presupuestaria, formulará propuesta y la elevará al Consejero de Economía y Hacienda que dictará la Resolución procedente, publicándose en la forma prevista en el artículo 19º de la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

Sexto. Para el pago de la subvención los beneficiarios deberán aprobar ante la Delegación Provincial correspondiente, los justificantes de los gastos subvencionables realizados, qsue acrediten la aplicación real de la subvención a la finalidad para la que fue concedida, y que deberán ser presentada en el plazo que establezca la Resolución de otorgamiento.

DISPOSICION TRANSITORIA

Las solicitudes presentadas para la autorización de Ferias y para subvención de la organización y promoción de las mismas, que no hayan sido resueltas a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, se tramitarán de acuerdo con ésta y, en su caso, se abonarán con cargo al Presupuesto de 1991.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta a la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Orden.

Segunda. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de abril de 1991

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

ANEXO

Institución, Corporación o Entidad solicitante ......................... y en su nombre, como representante D. .................................... con domicilio a efectos de notificación en C/ ........................... ............. número .............. de la localidad ..................... provincia ..................... Código Postal ........................... Nombre del certamen para el que solicita la autorización y subvención.

ACCIONES PARA LAS QUE SOLICITA SUBVENCION:

1. .......................................................................

2. .......................................................................

3. .......................................................................

4. .......................................................................

5. ....................................................................... Localidad de celebración ...................... provincia.......... fecha de celebración ................ con carácter general ................... monográfico .............. Número de expositores previstos ............. provincias de procedencia de los mismos .................................. Superficie total disponible (incluidos servicios) m2 ..................... Superficie efectivamente ocupada por los expositores, m2 ................. Servicios que ofrece el expositor: Energía eléctrica ................... Agua ............. Aire acondicionado ............ Correos ............... Teléfono ................ Télex ................. Cafetería ........... Restaurante ............. Azafatas ................ Traductores .......... Aparcamiento ............... Almacén ................. Vigilancia ....... Otros Servicios .................. Número de visitantes previstos ....... Presupuesto (se presentará como anexo a este cuestionario). Fecha estimada celebración próxima edición de este mismo certamen: Otros certámenes previstos a celebra en este ejercicio por los mismos organizadors:

Denominación Fecha celebración .................. .................... .................. ....................

DOCUMENTOS A APORTAR (por triplicado)

1. Presupuesto.

2. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en las Ordenes de la Consejería de Hacienda y Planificación de 30 de junio de 1988 y 13 de diciemgbgre de 1989.

3. Identificación:

3.1. En caso de Corporaciones Locales:

Tarjeta de Identificación Fiscal (C.I.F.).

Fotocopia del D.N.I. del representante.

Certificado de la sesión en la que se adopta acuerdo de celebración de dicha feria.

3.2. En caso de Asociación:

Tarjeta de Identificación Fiscal (C.I.F.).

Fotocopia del D.N.I. y documento acreditativo de la representación. Copia de los Estatutos y documentación constitutiva.

3.3. Las Instituciones Feriales:

Tarjeta de Identificación Fiscal (C.I.F.).

Fotocopia del D.N.I. y documento acreditativo de la representación. Copia de la documentación de constitución y de la inscripción registral de la misma.

Solicita ante la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda en ................................................., subvención con arreglo a lo establecido en la Orden de 5.4.91 publicada en el BO núm. ........ de ........, en la cuantía de ..................... ptas., que en caso dse concesión deberán ingresar en la cuenta nº del Banco o Caja de Ahorros .............. Código ............ con domicilio en ..... en la calle ..............................................................

Fecha y firma

Descargar PDF