Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada en fecha 10 de diciembre de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 2902/89, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por el Procurador Sr. Areválo Espejo, en nombre y representacióm de Don Luis Garre Torres contra resoluciones de 7 y 8 de marzo de 1989, del Secretario General para la Administración Pública, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, desestimatorias de recursos de reposición interpuestos contra otras de
3 de septiembre de 1987 y de 14 de abril de 1988, denegatorias de la compatibilidad solicitada; que confirmamos. Sin costas. Y a su tiempo, con ceritificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedimiento al lugar de procedencia".
Sevilla, 14 de mayo de 1991.- El Director General, Juan P. Gómez Jiménez
Descargar PDF