Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 18/1/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 14 de diciembre de 1990, de la Viceconsejería, por la que se le concede al ayuntamiento de Aldeaquemada, de la provincia de Jaén, una subvención de un millón de pesetas con destino a sufragar los gastos de sostenimiento de obras y servicios propios de su respectiva competencia.

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El Decreto 117/1989, de 31 de mayo, regula la Concesiòn de Subvenciones, por parte de esta Consejería de Gobernación, encontrándose previsto en el mismo y entre otras, aquellas que se otorgaren a las Corporaciones Locales con destino a los gastos que no comporten inversión y respondan a las realizadas para el sostenimiento de las obras y servicios propios de su respectivas competencias y relacionadas con las asignadas a esta Consejería.

Por el Ilmo. Ayuntamiento de Aldeaquemada de la provincia de Jaén se ha formulado la correspondiente petición para la concesión de esta clase de subvención al, amparo del citado Decreto. Visto el expediente tramitado al respecto por la Dirección General de Administración Local y Justicia y teniendo en cuenta las facultades que me confiere la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de 13 de noviembre de 1989 (BOJA núm. 95, del 28 de noviembre último), en relación con el art. 3 del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, por el que se regula la Concesión de Subvenciones por esta Consejería:

HA RESUELTO:

Primero. Conceder una subvención de 1.000.000 de ptas. (un millón de pesetas) al Ilmo. Ayuntamiento de Aldeaquemada de la provincia de Jaén, y destinada a contribuir a los gastos de sostenimiento de las obras y servicios propios de su competencia o a los desequilibrios presupuestarios producidos como consecuencia de los mismos. La subvención que precede, se cargará a la aplicación presupuestaria

01.460.00.14A.2.0000.00.

Segundo. La subvención concedida, será fiscalizada a posteriori por los órganos interventores competentes y justificada ante esta Consejería de Gobernación en la forma prevista en el art. 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril.

Tercero. De esta Resolución, se le dará conocimiento e la Corporación beneficiaria de esta Ayuda y se publicará en el BOJA a los efectos Consiguientes.

Sevilla, 14 de diciembre de 1990.- El Viceconsejero, Francisco de Paula Molina González.

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