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Don Angel Rodríguez de la Borbolla y Camoyán, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.
Hace Saber: Que la Disposición transitoria Quinta de la Ley 39/1988, de
28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece que el día
31 de diciembre de 1989 finalizará un nuevo periodo en la modalidad a que se refiere el apartado b) del artículo 350.1 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril. comúnmente denominada Tasa de Equivalencia, aunque no hubieran transcurrido diez años desde el último devengo por tal modalidad, practicandose en ese momento la correspondiente liquidación por el número de años que hayan transcurrido del decenio en curso.
En su consecuencia, se requiere mediante el presente Edicto a todas aquellas personas jurídicas (sujetas a esta modalidad), para que el plazo de treinta días contados a partir de la inserción del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, presente en este Ayuntamiento declaración de los bienes inmuebles de su propiedad sitos en este término municipal, según modelo que les será facilitado para la práctica de las oportunas liquidaciones por el periodo 1979-1989.
Cazalla de la Sierra, 1 de octubre de 1990.- El Alcalde.
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