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Para general concimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 7 de febrero de 1991, por la Sala los Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justici de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 360/90, cuyo pronunciamiento e del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso c contecioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de Don Juan torres Lidueña, contra resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, en materia de incompatibilidades, de fecha 22 d noviembre de 1989, por ser ésta conforme a Derecho; sin hacer especial declaración en cuanto a las costas.
Líbrese testimonio de la misma para su unión a los autos. Firme que sea esta sentencia y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al Centro de Procedencia".
Sevilla, 22 de mayo de 1991.- el Director General, Juan P. Gómez Jiménez
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