Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 7/6/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de mayo de 1991, por la que se resuelve el concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes en los Cuerpos de Catedráticos Numerarios, Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Numerarios y Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial, en la Comunidad Autónoma de Andalucía convocado por la Orden que se cita.

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Iltmo. Sr.:

De conformidad con lo establecido en la Orden de 22.10.90, (BOJA de 23.10) que convocaba concursos de traslados para la provisión de plazas vacantes en los Cuerpos de Catedráticos Numerarios, Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Numerarios y Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta Consejería ha tenido a bien disponer:

Primero: Adjudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Catedráticos Numerarios de Bachillerato que han participado por las bases

2, 3 y 4 de la convocatoria y que figuran en el Anexo I a esta Orden, en los Centros que en el mismo se especifican.

Segundo: Adjudicar destino, en virtud de concursos de traslados, a los Profesores Agregados de Bachillerato que han participado por las bases 2,

3 y 4.1 de la convocatoria, que figuran en el Anexo II a esta Orden, en los Centros que en el mismo se especifican.

Tercero: Adjudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Interinos en Prácticas del mismo Cuerpo, que han participado por la Base 4 de la convocatoria, excepto los incluidos en el punto 4.1. de la citada Base y que figuran en los Anexos III y IV a esta Orden, en los Centros que en los mismos se especifican.

Cuarto: Declarar en expectativa de destino a los Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Interinos en Prácticas del mismo Cuerpo, que han participado por la Base 4 de la convocatoria y que aparecen en el Anexo V a esta Orden.

Quinto: Adudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Profesores Numerarios de Escuelas de Maestría Industrial que han participado por las Bases 2, 3 y 4.1 de la Convocatoria, que figuran en el Anexo VI a esta Orden, en los Centros que en el mismo se especifican.

Sexto: Adjudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Profesores Numerarios e Interinos en Prácticas de Escuelas de Maestría Industrial que han participado por la Base 4 de la Convocatoria, excepto los incluidos en el punto 4.1 de la citada Base, y que figuran en el Anexo VII de esta Orden, en los Centros que en el mismo se especifican.

Séptimo: Declarar en expectativa de destino a los Profesores Numerarios e Interinos en Prácticas de Escuelas de Maestría Industrial que han participado por la Base 4 de la Convocatoria y que aparecen en el Anexo VIII a esta Orden.

Octavo: Adjudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial que han participado por las Bases 2, 3 y 4.1 de la Convocatoria, que figuran en el Anexo IX a esta Orden, en los Centros que en el mismo se especifican.

Noveno: Adjudicar destino, en virtud de concurso de traslados, a los Maestros de Taller y Maestros de Taller Interinos en Prácticas, de Escuelas de Maestría Industrial que han participado por la Base 4 de la Convocatoria, excepto los incluidos en el punto 4.1 de la citada Base, y que figuran en el Anexo X a esta Orden.

Décimo: Los Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Interinos en Prácticas del mismo Cuerpo, así como los Profesores Numerarios e Interinos, Maestros de Taller y Maestros de Taller Interinos en Prácticas relacionadas en los Anexos III, IV, VII y X, deben tomar parte en todos los concursos de traslados que se convoquen, hasta obtener destino definitivo.

Undécimo: De acuerdo con lo establecido en el punto 4.4 y 4.5 de la Orden de 22 de octubre de 1990, esta Consejería destinará de oficio, con carácter provisional, mediante Resolución que será publicada en BOJA a los Profesores relacionados en los Anexos III, IV, VII y X de la presente disposición.

Duodécimo: Los destinos adjudicados por la presente Orden a los Profesores Interinos en prácticas, quedarán condicionados a su nombramiento como funcionarios de carrera.

Decimotercero: Los interesados tomarán posesión de los nuevos destinos que se les adjudican por la presente Orden, en la fecha que oportunamente se determine mediante las normas que rijan el comienzo del curso 1991-92.

La referida toma de posesión surtirá efectos de 1 de octubre de 1991. A los únicos efectos de participación en concursos de traslados como consorte con funcionarios de otro cuerpo docente la toma de posesión podrá tener efectos desde el 1 de septiembre.

Decimocuarto: En los casos en que se observe diferencia entre las puntuaciones parciales y la suma total, esta diferencia se debe a la no aparición en los listados del apartado 5 del baremo.

Decimoquinto: Los Profesores participantes en este concurso de traslados que hayan presentado documentación para la demostración de méritos alegados, podrán retirarla, por sí o por persona debidamente autorizada, en la Sección de Provisión de Plazas de Bachillerato, Avda. República Argentina, núm. 23 6ra planta Sevilla, 41011, en el plazo de un mes, contado a partir de la finalización del plazo contemplado en el último apartado de esta Orden.

Decimosexto: Se autoriza a la Dirección General de Personal a dictar las normas necesarias para el cumplimiento de lo previsto en el punto Undécimo de la presente Orden.

Decimoséptimo: Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer ante esta Consejería de Educación y Ciencia, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su pulicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de mayo de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Ilmo. Sr. Director General de Personal

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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