Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 18/6/1991

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

ORDEN de 10 de junio de 1991, por la que se nombran Funcionarios de Carrera del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, opción Médicos.

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Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía. Opción Médicos convocadas por Orden de 16 de febrero de

1990, de la Consejería de Gobernación (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 9 de marzo de 1990) y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede el nombramiento de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo. En su virtud, esta Consejería de Gobernación en uso de la competencia que me confiere el artº 5.7 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre y artº

2º.2 del Decreto 225/1987, de 28 de octubre, resuelve:

Primero. Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, Opción Médicos a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo de esta Orden, con expresión de los destinos que se les adjudican. Estos destinos tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.

Segundo. Para adquirir la condición de funcionarios de carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión dentro del plazo establecido en el punto siguiente.

Tercero. La toma de posesión deberán efectuarla ante las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales de los Organismos Autónomos para destinos en los Servicios Centrales, y ante los Secretarios de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, Direcciones, Provinciales y Gerencias Provinciales de Organismos Autónomos para los destinados en dichos Centros Directivos, en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artº 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y en el artº 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, el personal objeto del presente nombramiento, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados en el artº 10 de la Ley 53/1984. Quinto. Los Organos comepentes en cada caso, remitirán al Registro General de Personal de la Dirección General de la Función Pública, la documentación correspondiente para la inscripción de la toma de posesión.

Sexto. Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposicion, previo al contencioso-administrativo ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, de acuerdo con lo establecido en el artº

126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de junio de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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