Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 20/6/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

CORRECCION de errores a la Resolución de 24 de mayo de 1991, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en las categorías de Ingenieros Técnicos Industriales y Maestros Industriales del Estatuto de Personal no Sanitario dependiente del Organismo. (BOJA núm. 41, de 29.5.91).

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Habiéndose observado errores de ordenación y transcripción en las páginas 3474, 3475 y 3476 del BOJA nº 41, de 29 de mayo de 1991, donde se publica la citada Resolución de 24 de mayo de 1991, a continuación se transcribe, correctamente, el contenido de dichas páginas:

"RESOLUCION DE 24 DE MAYO DE 1991, DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCAN PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN LAS CATEGORIAS DE INGENIEROS TECNICOS INDUSTRIALES Y MAESTROS INDUSTRIALES DEL ESTATUTO DE PERSONAL NO SANITARIO DEPENDIENTES DEL ORGANISMO.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 19 de junio de 1990, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Servicio Andaluz de Salud y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 118/1991, de

25 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, esta Dirección Gerencia, en virtud de las competencias que le han sido asignadas por Decreto 80/1987, de 25 de marzo, de Ordenación y Organización del Servicio Andaluz de Salud, acuerda convocar pruebas selectivas para ingresar en las Categorías de Ingenieros Técnicos Industriales y Maestros Industriales del Estatuto de Personal no Sanitario, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 14 plazas de la Categoría de Ingenieros Técnicos Industriales y 25 plazas de la Categoría de Maestros Industriales de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, adscritas al SAS, mediante el sistema de concurso-oposición, distribuyéndose las plazas convocadas de la siguiente forma:

* Ingenieros Técnicos Industriales (Grupo B): 14 plazas. De las cuales 7 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 7 plazas reservadas al sistema de acceso libre.

* Maestros Industriales (Grupo B): 25 plazas. De las cuales 12 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 13 plazas reservadas al sistema de acceso libre.

Del total de plazas vacantes se establece en el sistema de acceso libre un cupo de reserva para ser cubiertas por persons con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con el apartado 4 del Punto Sexto de la Resolución de 19 de junio de 1990, por la que se aprueba la oferta de empleo público del SAS y Decreto 38/1991, de 19 de febrero, de la Consejería de Ingenieros Técnicos Industriales y 1 plaza en la Categoría de Maestros Industriales. En el caso de que las plazas reservadas en este cupo no se cubran, se acumularán a las del sistema de acceso libre.

1.2. A efectos de lo previsto en el punto anterior, se tendrá en cuenta la siguiente regla:

1.2.1. Los aspirantes sólo podrán participar para cada categoría a través de uno de los dos sistemas de acceso señalados. En caso de que en la solicitud de admisión se reseñen ambos sistemas, la Administración de oficio, procederá a admitirlo por el sistema de promoción interna, siempre y cuando reúna los requisitos exigidos para participar por dicho sistema y se acredite por el interesado en la forma establecida en la Base

3.2.4. En caso de no reunir los requisitos exigidos, y de oficio por la Administración, será admitido por el sistema de acceso libre.

1.3. Las plazas reservadas al sistema de promoción interna o a personas con minusvalías de grado igual o superior al 33% que queden sin cubrir, se acumularán a las del sistema de acceso libre.

1.4. A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables el Real Decreto 118/1991, de 25 de enero, el Real DecretóLey 3/1987, de 11 de septiembre, la Resolución de 19 de junio de 1990 del Servicio Andaluz de Salud y las Bases de la presente convocatoria.

1.5. La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados se efectuarán de acuerdo con la calificación final obtenida por estos, una vez aplicado lo dispuesto en la Base 1.7., si bien los aspirantes aprobados que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre los que ingresen por el sistema de acceso libre para elegir plazas.

1.6. Las pruebas selectivas constarán de la fase de oposición y de concurso, y se realizarán con carácter centralizado.

La fase de oposición constituye la obligada realización de los tres ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:

PRIMER EJERCICIO: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien preguntas con dos respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa (materias comunes y específicas) de estas pruebas, que se incluye como Anexo IV. El tiempo máximo para su realización será de cien minutos. Se calificará de cero a treinta puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO: consistirá en contestar por escrito a noventa problemas, bien de respuesta alternativa, bien de respuesta libre, de los cuales:

* Treinta serán de comprensión y fluidez verbal, capacidad asociativa y expresión y fluidez de ideas.

* Treinta serán de comprensión numérica y tratamiento de información cuantitativa adecuados al nivel exigible a los candidatos.

* Treinta serán de abstracción lógica, razonamiento y resolución práctica.

El tiempo máximo de realización será el que oportunamente se establezca para cada apartado por el Tribunal.

Se calificará de cero a cuarenta y cinco puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 22,5 puntos.

TERCER EJERCICIO: consistirá en resolver un supuesto práctico relacionado con el programa de materias específicas y adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo, a elegir libremente por el aspirante de entre dos propuestos por el Tribunal.

El tiempo máximo de realización será de dos horas.

Se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superar este ejercicio, obtener un m'nimo de 15 puntos.

La calificación final de la fase de oposición será la suma de las califcaciones de los tres ejercicios.

1.7. La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se estructura en los dos apartados siguientes:

1.7.1. De aplicación a todos los aspirantes tanto procedan del sistema de promoción interna como del sistema de acceso libre con puntuación en fase de concurso, que se resolverá mediante la valoración de uno de los siguientes puntos:

A) Por cada mes completo de servicios prestados en la plantilla o como contratado en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social ............ ............................................................. 0,35 puntos.

B) Por poseer plaza en propiedad en categoría igual o de inferior grupo de clasificación de la categoría a la que se concursa, dentro del Estatuto de Personal no Sanitario .............................. 9 puntos.

Los puntos A) y B) son excluyentes entre sí.

1.7.2. S'olo de aplicación a los aspirantes que concursan por el sistema de promocón interna que cumplan los requisitos específicos establecidos en la Base 2.2., a los que se aplicará una puntuación adicional, hasta un max'imo de 10 puntos, atendiendo a los siguientes aspectos:

A) Titulación Académica oficial superior no exigida en la convocatoria ................................................................ 2 puntos.

B) Desempeño de otros puestos de superior categoría con el oportuno nombramiento o encargo de funciones:

B.1. Puesto de superior categoría desempeñado por un período mínimo de tres meses hasta un año ........................................ 2 puntos.

B.2. Puesto de superior categoría desempeñado por más de un año hasta tres años ...................................................... 4 puntos.

B.3. Puesto de superior categoría desempeñado por más de tres años hasta seis años ...................................................... 5 puntos.

B.4. Puesto de superior categoría desempeñado por más de seis años hasta ................................................................ 6 puntos.

Serán excluyentes entre sí, valorándose únicamente el puesto desempeñado por un período de mayor duración.

C) Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la categoría a la que concursa, impartidos por el Instituto Andaluz de Administración Pública, Escuela Andaluza de Salud Pública, Servicio Andaluz de Salud u otros Organismos Públicos encargados de la formación de personal, por cada 15 horas lectivas una puntuación de 0,15 puntos, hasta un máximo de

2 puntos.

En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.

1.7.3. Para la valoración de los méritos contemplados en la Base 1.7.1., los aspirantes acompañarán a la solicitud de admisión, certificación original de servicios prestados donde se hará constar con precisión los períodos a que corresponden, o certificación original en la que se contenga mención expresa de poseer plaza en propiedad como personal de plantilla en el Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, expedidos por las Gerencias Provinciales del Servicio Andaluz de Salud, por las Direcciones Provinciales del INSALUD o por los Organismos correspondientes en aquellas Comunidades Autónomas que tengan transferidos los servicios sanitarios de la Seguridad Social. Dichos servicios ólo serán valorables hasta el día de publicación en BOJA de la presente Resolución.

1.7.4. Para la valoración de los méritos contemplados en la Base 1.7.2., se adjuntará a la solicitud de admisón la documentación acreditativa debidamente compulsada que justifique dichos méritos.

1.7.5. La puntuación obtenida en esta fase se añadirá, a fin de determinar la calificación final de cada aspirante, a la obtenida en la fase de oposición, siempre que en esta última se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar.

1.8. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.8.1. El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del 1 de noviembre del año en curso, determinándose en la Resolución que se indica en la Base 4.2. la fecha exacta de su realización.

1.8.2. La valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública junto con la lista de aprobados del segundo ejercicio, siendo aplicados una vez se superen los correspondientes ejercicis de la fase de oposición.

1.9. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A estos efectos, deberán reseñar en su solicitud con exactitud las adaptaciones precisas.

1.10. No se exigirá a los participantes el pago de derechos de exámen.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

2.1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos indicados a continuación en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:

2.1.1. Poseer la nacionalidad española.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

2.1.3. Para los Ingenieros Técnicos Industriales, estar en posesión del Título de Perito o Ingeniero Técnico equivalente, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Para los Maestros Industriales, estar en posesión del Título de Maestro Industrial o equivalente, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Para los Maestros Industriales, estar en posesión del Título de Maestro Industrial o equivalente, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2. Los aspirantes por promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos el día de publicación en BOJA de la presente convocatoria:

2.2.1. Pertenecer a grupos de clasificación de inferior categoría del Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, con destino en plaza en propiedad del Servicio Andaluz de Salud.

2.2.2. Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, situación especial en activo y servicios especiales (art. 29.2 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto), en alguno de los grupos enunciados en el apartado anterior.

2.2.3. Tener una antiguedad de al menos dos años de servicio efectivos prestados con plaza en propiedad en el grupo desde el que se concursa.

3.- SOLICITUDES.

3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I y II de esta convocatoria, serán facilitadas en los Servicios Centrales y Gerencias Provinciales del Servicio Andaluz de Salud.

3.2. A la solicitud se acompañará los siguientes documentos:

3.2.1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

3.2.2. A) Fotocopia compulsada del Título de Perito o Ingeniero Técnico o equivalente, para la categoría de Ingenieros Técnicos Industriales.

B) Fotocopia compulsada del Título de Maestro Industrial o equivalente, para la categoría de Maestros Industriales.

3.2.3. Certificación original de servicios prestados o estar en posesión de plaza en propiedad, exigida para los aspirantes que participen en la fase de concurso, conforme se indica en la Base 1.7.3.

3.2.4. Los aspirantes que concursan por el sistema de promoción interna deberán presentar certificación original expedida por las Gerencias Provinciales del SAS donde presten servicio, en la que se contengan mención expresa del Grupo de clasificación de inferior categoría y descripción de la categoría del Estatuto de Personal no Sanitario al que pertenecen como personal de plantilla con plaza en propiedad del Servicio Andaluz de Salud, situación administrativa y antiguedad en plantilla en dicho Grupo, todo ello referido al día de publicación de la presente convocatoria. Asimismo, adjuntarán documentación acreditativa que justifique la puntuación adicional, conforme se recoge en la Base 1.7.4.

3.3. En la tramitación de sus solicitudes los aspirantes tendrán en cuenta:"

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