Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 22/6/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de junio de 1991, por la que se nombran los Tribunales calificadores que han de juzgar las pruebas selectivas para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Cuerpo de Maestros.

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Iltmos. Sres.:

De acuerdo con lo preceptuado en la Base V de la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de fecha 25 de abril de 1991 (BOJA del 31) por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas, situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Cuerpo de Maestros, he dispuesto:

1.- Nombrar los Tribunales que se relacionan en el Anexo de esta Orden y ente los cuales han de actuar los aspirantes admitidos a la realización de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, de conformidad con la relación publicada por Resolución de la Dirección General de Personal de fecha 27 de mayo de 1991 (BOJA del 31).

A continuación del nombramiento de los miembros Titulares y Suplentes por Provincias se determinan los aspirantes que actuarán en cada uno de los citados Tribunales.

2.- Los Delegados Provinciales de Educación y Ciencia, con referencia a la presente Orden, proveerán de las correspondientes credenciales a los Presidentes y Vocales, Titulares y Suplentes, que han de actuar en su provincia, señalándoles la obligación de constituir los Tribunales en el plazo fijado en el punto siguiente.

3.- Los Tribunales se constituirán en el plazo de cinco días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el acto de constitución y a la vista de la relación de los aspirantes que han de actuar ante el Tribunal, el Presidente y Vocales harán constar en el acta no darse en ellos, ninguno de los motivos de abstención enumerados en el Artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

En el supuesto de abstención o por cualquier otra causa debidamente justificada, que impida la actuación de alguno o algunos de los miembros Titulares, éstos serán sustituidos por sus correspondientes Suplentes, o en su defecto en los que le sigan según el orden en que figuren en la presente Orden.

En la sesión de constitución de cada Tribunal será nombrado el Secretario, cargo que ha de recaer en el Maestro de menor antiguedad en el escalafón.

4.- A partir de su constitución los Tribunales para actuar válidamente requerirán la presencia de al menos tres miembros. La ausencia del Presidente será suplida por el Vocal que corresponda según el orden de los mismos, comenzando por el primero y excluyendo al que actúa de Secretario.

5.- El día 28 de Junio se constituirán las Comisiones de Selección, conforme a lo establecido en la Base V apartado 6 de la Orden de 25 de Abril de 1991 (BOJA del 31). Dichas Comisiones estarán compuestas por todos los Presidentes de Tribunales, y serán constituidas al menos por cinco miembros. Si hubiera menos de cinco Tribunales de la misma especialidad, compondrán la Comisión, los Presidentes y los Vocales Números 1 y siguientes, comenzando por el Tribunal Número 1, hasta completar los cinco miembros.

Actuará como Presidente, el Presidente del Tribunal Nº 1, actuando de Secretario el miembro de la Comisión de menor antiguedad.

6.- Los aspirantes admitidos condicionalmente o excluidos de las listas provisionales que hayan subsanado los defectos que motivaron dicha situación, quedarán adscritos al Tribunal que corresponda.

7.- El acto de presentación tal como se especifíca en el apartado VI.8 de la Orden de 25 de Abril (BOJA del 31), será el día 29 de Junio, en los lugares que se indicarán en los Tablones de Anuncios de las Delegaciones Provinciales.

8.- El comienzo de las Pruebas Selectivas será el día 1 de Julio. El orden de situación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "C". Aquellos Tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la indicada letra, iniciará el orden de actuación por la letra o letras siguientes.

9.- Contra esta Orden cabe interponer recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de junio de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Ilmos. Sres.: Director General de Ordenación Educativa y Director General de Personal.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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