Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 27/6/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 20 de junio de 1991, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, interpuesto por don Jesús Vera Megía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el recurso Contencioso-Administrativo núm. 1122/88, interpuesto por D. Jesús Vera Mejía, contra la Resolución de la General Provincial del Servicio Andaluz de Salud de Jaén que por silencio administrativo desestimó el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra la dictada por dicho órgano el día 11 de febrero de 1988, en virtud de la cual se le comunicaba que de forma inmediata se personara en las dependencias del Hospital "Dr. Sagaz" para realizar las tareas asistencias propias de su nombramiento, se ha dictado sentencia estimatoria de las pretensiones del recurrente, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, con fecha 22 de junio de 1990, la cual ha cobrado firmeza por auto de la mencionada Sala de fecha 10 de mayo de 1991 y cuyo fallo es del siguiente tenor literal.

"Fallo 1. Se estima el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el procurador D. Rafael García Valdecasas Ruiz en nombre de D. Jesús Vera Megía contra la Resolución de la Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Salud de Jaén, que por silencio administrativo desestinó el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra la dictada por dicho órgano el día 11 de febrero de 1988; y en consecuencia se anula el acto administrativo impugnado por ser contrario a Derecho.

2. Se declara el derecho del recurrente a su permanencia en el cargo de Jefe de Servicio de Cirugía Torácica y a ejercer las funciones propias del mismo con el personal y medios materiales necesarios en el Hospital de Jaén donde se halle ubicado dicho servicio, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración". En su virtud, esta Dirección Gerencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en BOJA para general conocimiento y cumplimiento en sus propios término de la expresada sentencia.

Sevilla, 20 de junio de 1991.- El Director Gerente, José Luis García de Arboleya.

Descargar PDF