Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 29/6/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 4 de junio de 1991, del Consejo de Gobierno, por el que se adscribe a la empresa Pública de Suelo de Andalucía, la Gestión de los aprovechamientos Urbanísticos de determinados terrenos incluidos en el polígono 1 del Plan Parcial Poniente 1 (P-1) de Córdoba, y se le adscriben los bienes y derechos que resulten de la aprobación definitiva del proyecto de compensación del referido polígono.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Decreto 262/1985 de 18 de diciembre, se constituyó la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA) como Entidad Pública de las previstas en el Artículo 6-1-b) de la Ley 5/1983 de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, de acuerdo con el Artículo 4 de dicho Decreto, con la finalidad de llevar a cabo las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo de la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los planes de urbanismo y programas por parte de la Junta de Andalucía, mediante las actuaciones de promoción, preparación y desarrollo de suelo para fines residenciales, de equipamiento y de sus servicios. La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular de las carreteras C-341, de Córdoba a Sevilla por el Guadalquivir y CO-123, enlace de C-431 con CH-2, en virtud del Real Decreto 951/1984, de 28 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de carreteras. Parte de los terrenos vinculados a dichas carreteras están comprendidos en el Polígono I del Plan Parcial Poniente

1 (P-1) del Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba, cuya gestión se lleva a cabo a través del sistema de compensación previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, habiéndose aprobado definitivamente el Proyecto de Estatuto y Bases de Actuación de la correspondiente Junta de Compensación por Acuerdo del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en sesión celebrada el 20 de julio de 1990. En consecuencia, corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía unos determinados aprovechamientos urbanísticos que, una vez aprobado definitivamente el Proyecto de Compensación con arreglo a los artículos 172 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística, se materializaron en bienes o derechos concretos e independientes del dominio público del que derivan, el cual, por lo demás, queda subsistente con arreglo al planeamiento aprobado pues éste no prevé modificación sustancial de la situación de los tramos de carretera indicados.

En orden a instrumentar la obligada incorporación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la referida Junta de Compensación, de conformidad con lo dispuesto en la legislación urbanística vigente, y habida cuenta de la naturaleza y finalidad de la gestión inherente a dicha incorporación, resulta procedente y oportuno que ésta sea hecha efectiva a través de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía. Asimismo, se estima necesario proceder a la adscripción de la titularidad de los bienes resultantes, una vez aprobado el Proyecto de Compensación, a EPSA, de conformidad con lo previsto en el art. 28 de la Ley 1/1985, de

11 de febrero quedando sujeto el régimen jurídico de los actos de administración y enajenación de dichos bienes a lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Reglamento para la aplicación de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 1991.

ACUERDO

Primero: Adscribir a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA) la gestión de los aprovechamientos urbanísticos correspondientes a unos terrenos de 575 m2 de superficie aproximada, en parte contiguos a la carretera CO-123, enlace de C-431 con CH-2, en su margen izquierda, y el resto integrados en el ámbito de la intersección de dicha carretera con la C-431 de Córdoba a Sevilla por el Guadalquivir, autorizándola para que, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los aporte a la Junta de Compensación del Polígono I del Plan Parcial Poniente 1 (P-1) del Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba y ello con el alcance y limitaciones de la vigente legislación urbanística de carreteras:

Segundo: Adscribir a EPSA la titularidad de los bienes y derechos que resulten en favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía una vez se apruebe definitivamente el Proyecto de Compensación del Polígono citado en el apartado anterior, conforme a los artículos 172 a 174 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, dando cuenta al Consejo de Gobierno. El procedimiento y régimen jurídico de los actos de administración y enajenación de dichos bienes o derechos será establecido en la Disposición Adicional Quinta del Reglamento de aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.

Tercero: Facultar a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para que dicte cuantas disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de junio de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF