Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 11/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 16 de mayo de 1991, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Algar (Cádiz), una subvención de un millón de pesetas al amparo de lo establecido en el art. 1º B) del Decreto que se cita.

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Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Algar, sobre subvención para la "Adquisición de Vehículo para Servicios Generales", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo por el que se regulan los subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellos Entidades Territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo 1º. B) del citado Decreto.

Considerando que estudiada la petición y fundamentado en que es un servicio cuyo finalidad está relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación en materia de Administración Local, transferidas por la Administración del Estado por el Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio, conforme a lo establecido en el artículo 1º. B), párrafo 5º del Decreto 117/1989, de 31 de mayo. Considerando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Resultando que en virtud de lo establecido en el Orden de 2 de junio de

1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, los subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º. de la citada Orden de 2 de junio de 1989, me atribuye

RESUELVO

1) Conceder al Ayuntamiento de Algar la cantidad de 1.000.000 ptas., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2) Notificar su otorgamiento al Citado Ayuntamiento.

3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en tablón de anuncios de esta Delegación.

4) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 16 de mayo de 1991.- El Delegado, José Luis Blanca Romero.

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