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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 14 de marzo de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo, núm. 3221/89 promovido por Fomento de Obras y Construciones, SA. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos desestimar y desestimamos al Recurso Contencioso- Administrativo interpuesto por el Procurador D. Mauricio Gordillo Cañas en nombre y representación de Fomento de Obras y Construcciones, SA. contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de 29 de mayo de 1989 en el que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 26 de junio de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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