Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 18/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 8 de julio de 1991, por la que se presta conformidad a la cesión gratuita de unos terrenos propiedad del Ayuntamiento de Rota (Cádiz), al Patronato Municipal de la Vivienda, para la construcción de viviendas de promoción pública.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, artículos 109.2, 110, 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley de 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Prestar conformidad a la cesión gratuita del Ilmo. Ayuntamiento de Rota (Cádiz), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de octubre de 1990, publicado en el BOP número 287 de fecha 13 de diciembre de 1990 y cuya descripción es la siguiente:

Parcela que da su frente a la calle Padre Capote, en una línea de fachada de cincuenta y cuatro metros lineales, con acceso sin número a dicha calle. Tiene una superficie de seiscientos veintiséis metros y cincuenta decímetros cuadrados.

Linda: A la derecha, entrando con la finca marcada con el número trece de la calle Padre Capote, de los señores Luna Rodríguez en línea recta de diez metros y cincuenta centímetros.

A la izquierda, en línea recta de catorce metros con la finca de esta procedencia, que es la registral 22.245, al folio 130 del libro 475. Al fondo, en línea recta de ciento cuatro metros y nueve centímetros con la finca matriz.

Dicha finca está gravada con una Servidumbre, en favor del resto de la finca matriz, registral 22.244, al folio 127, libro 475, la cual consiste en "Sobre esta finca, como precio sirviente, y en favor del resto de la finca matriz, que lo es dominante, se constituye una Servidumbre negativa de luces y vistas que comprenderá toda la extensión del lindero común entre los dos predios y en cuya virtud, el o los dueños del predio sirviente no podrán abrir ventana o hueco alguno para recibir luces o visitas procedentes del predio dominante". Inscripción registral: Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María número 3, finca número 22.246, folio 133, libro 475, tomo

1.337.

Sevilla, 8 de julio de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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