Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 27/7/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de julio de 1991, por la que se da resolución definitiva al concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes de la Función Inspectora Educativa entre funcionarios de Cuerpos Docentes.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 24 de Agosto de 1987, modificada por Orden de 9 de Febrero de

1989, regula el concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes de Función Inspectora Educativa entre funcionarios de Cuerpos Docentes y en su Base VI.5 dice "La Comisión evaluadora, a la vista de los informes de los especialistas designados al efecto, elevará a la Consejería de Educación y Ciencia la relación de concursantes con la calificación correspondiente".

La Base VII de la misma Orden establece que la Consejería de Educación y Ciencia publicará la resolución definitiva del concurso con indicación del lugar y fecha de toma de posesión de los seleccionados.

Por todo lo expuesto, en virtud de las competencias conferidas, vengo a DISPONER:

1º.- Publicar como Anexo a la presente Orden, la relación de concursantes elaborada por la Comisión de valoración prevista en la Orden de 24 de Agosto de 1987, con la expresión de APTO O NO APTO que corresponde a cada caso, emitida por dicha Comisión.

2º.- Declarar como definitiva la resolución del Concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes de Función Inspectora Educativa entre funcionarios de Cuerpos Docentes, en los términos establecidos en el Anexo citado en el punto anterior.

3º.- Nombrar Inspectores adscritos al servicio de la Función Inspectora en Andalucía, en los destinos que se indican, a los funcionarios docentes que han sido declarados APTO por la Comisión de valoración y que figuran en el apartado 1 del Anexo a esta Orden.

4º.- Declarar decaídos en sus derechos a ser nombrados y adscritos a la Función Inspectora, en esta convocatoria, a los funcionarios docentes que figuran en los apartados 2, 3 y 4 del Anexo a esta Orden.

5º.- El lugar de toma de posesión para los contemplados en el punto 3º de esta Orden será el de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de la provincia de destino que les corresponda, según figura en el precitado Anexo. La fecha de toma de posesión será la de 1 de agosto de 1991.

6º.- Todos los nombramientos establecidos en la presente Orden tendrán la validez de tres años. Dicho plazo podrá prorrogarse, en su caso, en los términos y con los requisitos que establezca la normativa vigente.

El plazo de cómputo de los tres años, a excepción de los casos legalmente previstos, será a partir de la fecha de toma de posesión.

7º.- Se autoriza a la Viceconsejería de Educación y Ciencia y a la Dirección General de Personal al desarrollo de lo preciso para dar cumplimento a la presente Orden.

8º.- Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, cabe interponer recurso de reposición conforme a los artículos 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y

126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 23 de julio de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF